El TSJC obliga a un centro de Barcelona a impartir "una o varias materias" en castellano

El Tribunal Superior de Imparcialidad de Catalunya (TSJC) sortea la estatuto  catalana en materia de jerigonza en las escuelas, que rechaza la aplicación de porcentajes, imponiendo a un centro educativo de Barcelona la obligación de impartir en castellano "una o unas materias" en castellano al beneficio de la propia de jerigonza castellana, argumentando el derecho constitucional de los estudiantes a percibir las asignaturas en ambas materias.

Por otra parte incorpora dos aspectos nuevos: que el discípulo cuya grupo demandó la enseñanza en castellano continúe el resto de su escolarización en el "sistema educativo catalán" recibiendo materias en castellano y que éstas, por su importancia en el conjunto del currículum, sean consideradas "principales".

Esta es la primera sentencia de este tribunal que fija clases en castellano tras la entrada en vigor del decreto ley del Govern que rechaza explícitamente la aplicación de porcentajes lingüísticos y de la ley sobre el uso y el formación de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria, aprobados en el mes de junio y julio de 2022 respectivamente. 







El parecer fija que el discípulo reciba clases en castellano de materias "principales" y que las reciba al beneficio del centro al que vaya

El propio TSJC trasladó al Tribunal Constitucional esta reglamento para que evaluara su constitucionalidad. 







AEB:  "cambia la planificación que había hecho la Generalitat y deja sin sorpresa la logística de rematar con el maniquí de conjunción gramática"

El parecer, fechado el pasado 23 de diciembre, fue originado por la  Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), que considera que "lo cambia todo" porque se crea una nueva justicia. El abogado José Domingo, representante de la AEB, ha asegurado que la atrevimiento del TSJC "cambia la planificación que había hecho la Generalitat y deja sin sorpresa la logística diseñada por los gobernantes para rematar con el maniquí de conjunción gramática".

Por su parte, la Conselleria de Educación ha afirmado que esta sentencia es de un caso preparatorio a la aprobación de la nueva reglamento y que no supone ninguna nueva aplicación. Según han defendido fuentes del Área a ACN, tras la aprobación de esta reglamento ninguna nueva escuela ha tenido que aplicar el castellano por imposición de los tribunales.

La sentencia corresponde al caso de un discípulo cuyos padres habían pedido en el 2019 al centro, entonces de titularidad privada, que recibiera en jerigonza castellana un insignificante del 25% de las horas lectivas y que se anulara el plan lingüístico al no contemplar la docencia en castellano. Tras los posibles y medidas cautelares (el discípulo recibía en castellano educación física) el tribunal ha dictado esta sentencia que estima parcialmente la petición puesto que rechaza susurrar de proporcionalidades (el 25%), pero establece que deberá impartirse en esta jerigonza una asignatura o varias consideradas principales de las impartidas en el centro. Las asignaturas principales en una horario curricular son, por otra parte de las tres lenguas (catalán, castellano, extranjera), ciencias sociales y naturales y matemáticas.  

La AEB subrayó la "trascendencia" de la atrevimiento legal porque recoge que "los españoles tienen derecho constitucional a ser escolarizados en castellano". "El conseller de Educación salió a sostener que ningún centro educativo haría ninguna asignatura en castellano. Esto ha fracasado", resumió Domingo.

Por su parte, la presidenta de la AEB, Ana Losada, se congratuló por la sentencia porque "desbloquea las peticiones de bilingüismo" que el decreto del Gobierno había detenido, ya que sortea la imposición de porcentajes que prohíbe expresamente la nueva ley. "Tenemos argumentación para conseguir que se introduzcan asignaturas troncales en castellano en todos los colegios", celebró.

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