El TSJC rechaza analizar apartar a Barrientos del juicio a Borràs

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha decidido inadmitir a trámite la recusación de su presidente, Jesús María Barrientos, planteada por la defensa de Laura Borràs para presidir el tribunal que la juzgará por el supuesto fraccionamiento de contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

El magistrado ya ha sido recusado con anticipación en otras causas que atañen a dirigentes independentistas. Se da la circunstancia de que en el caso del expresident Quim Torra, que fue condenado a inhabilitación, se denegó la recusación, pero, en cambio, en el causa a la Mesa del Parlament de la preliminar plazo, sí fue aceptada cuando la planteó el ex vicepresidente primero de la Cámara, Josep Costa. Adicionalmente, el Tribunal Supremo ordenó recientemene repetir el causa a la Mesa del Parlament de la plazo del 1-O por desidia de imparcialidad de dos magistrados del TSJC, entre ellos el propio Barrientos.

El escrito de Gonzalo Boye para renunciar a Barrientos incidía en que la presidenta de Junts ha criticado reiterada y públicamente al víscera por él presidido por lo que no podía ser imparcial con ella. Igualmente destacaba las manifestaciones realizadas por el togado contra el independentismo.

En un coche redactado por el togado Fernando Lacaba, otro de los que juzgarán a la presidenta suspendida del Parlament, la Sala rechaza entrar a analizar la posibilidad de apartar al que encima será ponente de la sentencia al considerar que Barrientos no ha comprometido su imparcialidad, objetiva ni subjetiva, por dichas manifestaciones públicas, "realizadas cuando el proceso de donde dimana la presente recusación ni siquiera se hallaba delante este Tribunal Superior de Jurisprudencia".

Asimismo advierte que la sugerencia al “humor” que en el magistrado hayan podido provocar las manifestaciones públicas de Borràs "no pasan de meras conjeturas o suposiciones, alejadas de la neutralidad e imparcialidad con que se ejerce la función interno, siempre respetuosa con la crítica legal".

En conclusión, La Sala entiende que la recusación se basamento en causas cuya invocación es arbitraria o manifiestamente infundada y descartables y dice que la supuesta persecución política de la que Borràs dice ser víctima deberá ser alegada durante el causa, y que esto carece de vinculación directa con el trabajo interno de Barrientos.

El togado da tres días para acudir el equivocación.

Post a Comment

Artículo Anterior Artículo Siguiente