La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado este jueves un coche por el que deducción en dos abriles la pena -de seis a cuatro años- impuesta a un condenado por un delito de ataque sexual constitutivo de violación y acuerda su inmediata excarcelación.
El Tribunal hizo constar expresamente en la sentencia que emitió el 2 de diciembre de 2010 que imponía al reo la “pena mínima” prevista por el diputado para ese delito, por lo que ahora aplica, al ser más conveniente para él, la pena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reforma operada por la Ley 10/2022 de respaldo integral de la voluntad sexual.
El Tribunal invoca en los fundamentos jurídicos del coche la nuevo sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de noviembre de 2022, referente al ‘caso Arandina’
“A los penados asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito”, precisan los magistrados.
El Tribunal invoca en los fundamentos jurídicos del coche la nuevo sentencia del Tribunal Supremo, de término 29 de noviembre de 2022, referente al ‘caso Arandina’.
El penado en este caso fue condenado, contiguo a otros acusados, a un total de 13 abriles, 9 meses y dos días de prisión desglosados de la sucesivo modo: seis abriles y un día por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros por inmigración ilegal, seis abriles y un día por un delito de ataque sexual constitutivo de violación y un año, nueve meses y un día de prisión por un delito continuado de falsedad documental.
La Audiencia declaró probado que el hombre, que regentaba un habitáculo y una carnicería en localidades de la comarca alicantina de la Flota Inscripción, cobraba caudal a compatriotas marroquíes para facilitarles la entrada en España con documentación falsa entre los abriles 2005 y 2006.
El penado comenzó a cumplir la condena el 23 de febrero de 2012, por lo que debía continuar extinguida ayer de un año, concretamente el 17 de octubre de 2024
Según la sentencia, el condenado, que había instalado en su domicilio a una de estas inmigrantes y la había empleado en su habitáculo, aprovechó uno de los frecuentes desplazamientos en transporte que hacían uno y otro para desaguarse de la ruta, estacionar en una zona descampada y aislada y violar a la víctima.
El penado comenzó a cumplir la condena impuesta en la sentencia el 23 de febrero de 2012, por lo que debía continuar extinguida ayer de un año, concretamente el 17 de octubre de 2024.
Al rebajarle en dos abriles la pena por el delito de violación, la Sala ha establecido su inmediata puesta en voluntad. El coche, que será notificado a la Fiscalía, al penado, a su representación procesal y a la propia perjudicada, puede ser recurrido en casación frente a el Tribunal Supremo.
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