El Supremo anula la exclusión de los toros del bono cultural joven de 2022

El Tribunal Supremo ha anulado la excepción de los espectáculos taurinos del catálogo del bono cultural adolescente de 2022, de 400 euros, por la descuido de excusa del Gobierno.

La Sala de lo Contencioso-Oficial ha estimado el expediente de la Fundación Toro de Becerrada contra el efectivo decreto por el que se establece la regulación del bono cultural y anula la expresión "y taurinos" del artículo 8.2. que fija las actividades excluidas.







La Sala explica que no hay razones que expliquen la excepción y que "no nos parecen válidas al finalidad las que ofrece su preámbulo"

Fuentes jurídicas informan de que esta valor no significa que los toros estén ya incluidos en el bono cultural, ya que el Ejecutor puede discurrir, ahora sí, de una forma más solida la excepción.

La Sala explica que no hay razones que expliquen la excepción y que "no nos parecen válidas al finalidad las que ofrece su preámbulo ya que sólo dice que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos y que cada Delegación tiene capacidad para animarse independientemente los sectores o actividades de interés o utilidad pública que fomenta y de qué modo lo hace".

Para el Supremo, esas explicaciones genéricas, sin confiscación, son "insuficientes" cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de realizar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la Tauromaquia.

La Jurisprudencia del Estado defendió que la Delegación Caudillo del Estado sí cumple con su obligación de promover la Tauromaquia, tal como lo prueban las iniciativas como el Premio Franquista de Tauromaquia anual de 30.000 euros, la subvención de 35.000 euros a la Fundación recurrente o el esquema Culturas del Toro.

Pero la Sala avala que estas argumentaciones no les parece, sin confiscación, "que ayuden a subsanar la carencia de excusa de la excepción por la sencilla razón de que son puntuales". En cambio, subraya que "la consistente en el bono cultural adolescente tiene una proyección de carácter caudillo y, adicionalmente, puede considerarse cualificada en tanto se dirige a una nueva coexistentes, o sea, mira al futuro representado por los jóvenes -según el Consejo de Estado, casi 500.000- perspectiva que es fundamental cuando de la conservación y promoción del patrimonio cultural se tráfico".

"No hay, pues, entre las actuaciones reseñadas y el bono cultural adolescente, que comporta 210 millones de euros, la proporción necesaria para concluir que se dispensa a la Tauromaquia un tratamiento mesurado con la significación que tiene reconocida por el senador", añade el Supremo. 

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