La Fiscalía denuncia a la delegada del Gobierno en Ceuta por la expulsión de 55 menores marroquíes

La Fiscalía de Ceuta ha presentado este viernes una denuncia por supuesto delito continuado de prevaricación administrativa contra la delegada del Gobierno, Salvadora Mateos, y la vicepresidenta y consejera de Presidencia y Relaciones Instituciones del Ejecutante locorregional, María Isabel Deu.

Considera que durante la expulsión a Marruecos en agosto del año pasado de un total de 55 menores no acompañados "se omitieron de forma voluntaria y consciente las disposiciones legales y el procedimiento establecido en el ordenamiento forense vivo sin revisar la concurrencia de los presupuestos legales que así lo permitieran en un Estado de Derecho".

Según ha informado la Fiscalía Superior de Andalucía, Ceuta y Melilla en un comunicado, "la denuncia apunta al delito de los artículos 74.1 y 404 del Código Penal" y es "el resultado de la finalización y archivo" de la investigación practicada por el Ocupación Conocido de la ciudad autónoma, en la que se tomó testimonio a distintos cargos y funcionarios, entre ellos Mateos y Deu, por su intervención en el proceso de repatriación que comenzó el 13 de agosto y fue paralizado por orden legislativo tres días a posteriori tras la devolución irregular al Reino alauita de 55 niños solos.

El Gobierno de Ceuta se vio "desbordado por la escasez de bienes para atenderlos adecuadamente"

La investigación de la Fiscalía arrancó el 13 de octubre a partir de una denuncia presentada por la Asociación para el Progreso Integral (L'ESCOLAC).

Seis meses a posteriori de tomar testimonio a Mateos, la Fiscalía ha concluido que a posteriori de la crisis migratoria de mayo, tras la que quedaron en la ciudad cerca de de 1.200 menores no acompañados, el Gobierno de Ceuta se vio "desbordado por la escasez de bienes para atenderlos adecuadamente" y Deu "decidió emprender varias actuaciones a fin de avivar su repatriación, tal y como consta en la comunicación enviada a Mateos el 24 de mayo para aplicar el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre cooperación en materia de prevención de la huida ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno" de 2007.

Ese acuerdo, que no se había empollón nunca, señala en su artículo 5 que cualquier repatriación de un impulsivo migrante solo debe hacerse "con la observancia estricta de la reglamento española, las normas y principios de derecho internacional y de los estableció en la Convención sobre Derechos del Chaval por parte de las autoridades competentes españolas", pero con la connivencia de la delegada "no sólo se omitieron algunos de los trámites preceptivos del procedimiento sino todos al no existir traza alguna del expediente adeudado".

Según ha apreciado el Ocupación Conocido (y varias sentencias de lo Contencioso-Oficinista), "no consta la incoación de procedimiento, al igual que la petición de informes de la situación acostumbrado del pequeño, la grado de alegaciones, el trámite de audiencia, la grado de prueba ni siquiera la resolución acordando la repatriación de los menores [se elaboró un listado de 145] o la comunicación a la Fiscalía".

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