La mujer estrangulada en Roquetas no fue víctima de violencia de género sino de un feminicidio

La investigación descarta que la mujer de 44 abriles que murió estrangulada el pasado domingo en Roquetas de Mar, Almería, a manos de un hombre de 30 haya sido víctima de un nuevo crimen de violencia de artículos, más correctamente apunta a que su crimen se debe a un caso de feminicidio. 

El subdelegado de Gobierno en Almería, José María Martín, ha indicado que la investigación de la Retén Civil no revela "indicios" de que "existiese relación sentimental" entre la mujer, de origen rumano, y el autor confeso del crimen, de origen senegalés, quien acabó con la vida de la mujer tras surtir relaciones sexuales. 

Por otro costado, Martín, quien ha asegurado que la necroscopía practicada en el Instituto de Medicina Reglamentario (IML) ha confirmado el "estrangulamiento" como causa de la crimen violenta, ha precisado, asimismo, que la información de la que dispone la Policía Legal "siquiera" arroja "datos" que señalen que el detenido estuviese incluido en el sistema VioGén de seguimiento a mujeres víctima de violencia de artículos.







Víctima de un "homicidio doloso"

El subdelegado ha concretado que la crimen de la mujer, de ciudadanía rumana, no sería un caso de violencia de artículos de conformidad a lo que establece la ley, sino que estaríamos frente a un "homicidio doloso", y ha trasladado que la investigación está irresoluto de percibir los "resultados del referencia toxicológico".

Martín ha condenado el crimen por el que está previsto que el detenido pase a disposición del togado en "próximas horas" y ha insistido en que no hay datos que indiquen "relación afectiva previa" entre víctima y supuesto homicida, de origen senegalés, como "siquiera datos que indiquen que el autor estaba en seguimiento en el sistema VioGén". Fuentes de la investigación han indicado que el atacante "confeso" sí cuenta con informes, aunque no han precisado por qué.

Desde la Subdelegación han precisado que, si correctamente esta crimen violenta no entraría en los supuestos de la ley 1/2004, sí que es presumible que se contabilice por el Profesión de Igualdad en oficiales de feminicidios fuera del ámbito de la pareja o expareja correspondientes al primer trimestre de 2023.

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