Rebajada 2 años la pena del primer recurso que destapó la grieta en la ley del "sólo sí es sí"

Fue el primer caso conocido que destapaba, en un petición ya  motivado, la brecha abierta en la puerta trasera de la ley del “sólo sí es sí”. La Vanguardia publicó esta petición, hecha solo días posteriormente de aprobarse la norma y cuando el tema aún no pasada de ser un debate sumarial, sobre qué harían o no los jueces.

Y el vencedor de esa batalla ha sido el violador. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha hecho publica esta mañana la sentencia, en la que se descuento en 2 primaveras la condena impuesta por la Audiencia de Girona a ese asaltante sexual. 

Ese mozo fue condenado por violar en Sant Feliu de Guixols a una amiga, a la que convenció para que durmiera en su casa tras una sombra de fiesta.

Por esta atentado sexual ese mozo, llamado Martí, fue condenado a 6,6 primaveras de prisión. El TSJC descuento ahora esa condena en 2 primaveras, hasta los 4,6 primaveras de prisión. 

Todo por la aplicación de la ley de “sólo sí es sí”, considerada -como en las 200 rebajadas ya dictadas en auxilio de agresores sexuales en toda España- más beneficiosa para el reo.

 Así lo recoge la sentencia dictada tras revisar el sentencia de la Audiencia de Girona. “Procede la modificación de la pena impuesta al destacado (…) al resultar esta nueva ley más beneficiosa, en cuanto que establece el final penológico leve en 4 primaveras de prisión, al regular la atentado sexual con la horquilla de 4 a 12 primaveras”.







Argumento cliché


"Procede la modificación de la pena impuesta al destacado (…) al resultar esta nueva ley más beneficiosa"

Se atiende así el petición presentado meses a espaldas por la defensa del asaltante sexual, superior por este diario, y se aplica, en función de esa nueva horquilla de penas, la mínima. Antaño era, para la atentado sexual, 6 primaveras, y ahora son 4 primaveras de prisión.

“Imponemos esta nueva condena, que es la que corresponde como mínima impuesta por el tribunal de instancia; y añadimos los seis meses atendiendo a las circunstancias que expresan en su razonamiento que compartimos”, reza ese sentencia.

La ley de “solo sí es sí” obliga asimismo a esos magistrados a modificar “las accesorias, que han de obedecer proporcionalidad en su extensión, a la pena principal”. O dicho de otra forma la medida de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima se reduce asimismo varios primaveras, hasta situarla en 4.







Otro mazazo


La sentencia del TSJC absuelve, por otra parte de la descuento, a ese violador de una atentado en categoría de tentativa. Le quita otros 3 primaveras

Y si para la víctima de esa violación esta descuento no acarreara ya suficiente sufrimiento -son muchos los que consideran que estas resoluciones provocadas por la nueva ley victimizan de nuevo a la víctima- el TSJC absuelve a ese mozo de otra condena, de 3 primaveras de prisión y dictada en la misma sentencia de Girona, por un delito de atentado sexual en categoría de tentativa.

La víctima declaró  que ese amigo intento violarla dos veces, durante el tiempo que pasó en su casa, pero en la primera ocasión desistió de sus intenciones por la resistor de la mozo. La segunda vez usó ya más fuerza y “consiguió penetrarla”, considera probado el sentencia.

Los magistrados del Superior de Neutralidad entienden, sin confiscación, “que estos hechos debieron ser castigados como un único delito de violación del art. 179 del CP, y no como dos delitos de violación, uno en categoría de tentativa y otro consumado”. Esto cero tiene que ver, para que quede claro, con la ley de "sólo sí es sí".

¿El argumento para eliminar esos 3 primaveras de prisión por la tentativa? “Parte -recoge la sentencia- de que la propia sentencia (la de Girona) al secuenciar los hechos en dos fases". El sentencia de Girona "indica que se director por mismo humor en sus actuaciones al proponer “movido por el mismo humor”, de forma que inicia una actividad de la que desiste o en la que cesa, y luego la reanuda”.

En epítome, la condena de 9,6 primaveras de prisión impuesta a este vecino de Sant Feliu de Guixols ha quedado estrecha, con este petición de la defensa a 4,6 primaveras de prisión. 

Y eso que en este caso no hay duda de esas agresiones sexuales. "Se me fue…" Es el mensaje que Martí escribió a su amiga horas posteriormente de haberla violado. Unos hechos ocurridos el 20 de abril de 2019, que la víctima aún no ha superado y que ahora va a revivir con esa sustancial descuento de las penas.

La presentación de este petición, cursado sólo días posteriormente de la aprobación de la ley del “sólo sí es sí” se convirtió en la primera prueba palmario -con argumentos sólidos- de que la nueva norma tenía una resquicio. 

Hasta conocerse esos argumentos, ahora usados por otros muchos letrados, los beneficios de esta ley con los agresores sexuales no había pasado del debate sumarial sobre lo que podrían hacer o no los jueces. 

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