La Audiencia de Barcelona ha condenado a nueve primaveras de prisión a un monitor de fútbol de Sant Joan Despí por deber agredido sexualmente de forma continuada a una beocio a la que entrenaba. El hombre niega los hechos, pero la lectura persistente de la víctima y varios mensajes comprometedores de Whatsapp dieron la razón a la adolescente, de 16 primaveras.
Según el tribunal, el inculpado se habría comisionado del control de la vida de la chica; le obligaba a llamarle "papa" (todavía en conocido), era su representante procesal, tenía llegada a su mosca y la acabó violando varias veces. La beocio llegó a España procedente de Marruecos con su clan y se estableció en Sant Joan Despí.
Hacía llamarle "papa", era su representante procesal y tenía llegada a su mosca
El hombre ejerció funciones de estructura y entrenamiento en un club de fútbol afeminado de la ciudad catalana entre 2010 y 2011, cuando tenía 40 primaveras. Allí conoció a la víctima, que tenía entre 13 y 14 primaveras. Vivía cerca del club y el inculpado la llevaba a menudo a su domicilio, ganándose la confianza de la chica y la de su clan. Llegó a aceptar "responsabilidades pseudoparentales".
En marzo del 2012 el padre de la chica firmó un documento que otorgaba al monitor la capacidad de representación de la chica delante todas las instituciones privadas de España. Incluso llegó a ser cotitular de una cuenta corriente de la beocio. El hombre iba a menudo a casa de la chica y al contrario. La bisoño mantuvo una relación con la mujer y la hija del inculpado.
La sentencia señala que la relación era de "contenidos claramente desproporcionados e incluso extravagantes" que llevó al hombre y la beocio a caer en un "estado de dependencia afectiva y emocional".
De 2013 a 2015 el hombre pasó de tener ascendencia sobre ella solo en el ámbito deportivo a tenerla en todos los sentidos, y ejercía una "presencia constante, autoridad y control sobre todo lo que hacía ella". De hecho, el tribunal considera que el control era muy superior al habitual entre unos padres y su hija adolescente porque incluía chantaje o la amenaza permanente de cortar la relación o de dar determinadas informaciones a sus padres. Incluso amenazó con matarla o dejarla encinta.
En la primavera del 2013, cuando la beocio tenía 16 primaveras, el hombre comenzó a mostrar su deseo sexual en torno a la beocio. Primero le dio un beso en la boca, otro día le dijo que le tocara el pene adentro de su coche, pero la chica pudo huir. En enero de 2014 el hombre la violó analmente en su tierra y la chica tuvo que ir de urgencias . Fue la primera de las cincos veces que acudió al hospital Moisès Broggi de Sant Joan Despí, la chica fue diagnosticada de "dolor intestinal entre junio del 2013 y noviembre del 2015", siempre escondiendo el origen del dolor.
Violaciones de forma continua
La sentencia relata que las violaciones diario fueron continuas y a posteriori pasaron a ser vaginales. Las agresiones, siempre bajo amenazas en diferentes lugares, pararon en diciembre del 2014 cuando la matriz de la beocio sorprendió al monitor acariciando los pechos de la beocio en la habitación de ella.
En dos ocasiones del 2015 la chica intentó suicidarse con una sobredosis de ansiolíticos. En la última sufrió una vaguido y tuvo que ser atendida en el hospital, donde confesó las agresiones sexuales a una hermana y una amiga. La chica sufre desde entonces estrés postraumático, insomnio, intentos de suicidio y dificultades por relacionarse con otras personas.
En el inteligencia, el inculpado achacó el relato de la víctima al resentimiento, porque él habría querido dejar de cubrirla delante la clan cuando empezó una relación con un pequeño. El inculpado aseguró delante el tribunal que no tuvo relaciones sexuales, ni con ni sin consentimiento, con la víctima, y negó deber estado solo en casa con ella. Incluso afirmó que no se quedaban solos en el coche cuando la llevaba a casa a posteriori de los entrenamientos, puesto que había más jugadoras.
En cuanto a los mensajes de móvil que le envió, respondió que no estaban adecuadamente extraídos del dispositivo, no los recordaba o dio algún tipo de explicación, como uno en el que afirmaba que estaba "enamorado" y dijo que se refería a su pareja.
Por todo ello, el tribunal le condena a nueve primaveras de calabozo por un delito de ataque sexual y le impone todavía 14 primaveras de prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, atrevimiento vigilada durante cinco primaveras a posteriori de salir de prisión y tres primaveras de inhabilitación para desempeñar cualquier cargo que comporte contacto regular y directo con menores. Adicionalmente deberá respaldar 50.000 euros a la víctima por los daños morales. El hombre ha quedado absuelto del delito de apropiación indebida.
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