Un tribunal de Palma de Mallorca ha obligado el derecho de una clan monoparental a tener 16 semanas más de permiso de maternidad, hasta 32, un falta que corrobora las decisiones que han tomado diferentes magistrados los últimos primaveras.
El Supremo Contencioso Burócrata número 1 de Palma sentenció el pasado jueves que una clan monoparental tenía derecho a 32 semanas de permiso, sumando las 16 semanas que corresponden a lo que antiguamente se conocía como permiso de maternidad y las 16 del de paternidad, ahora reconocidos como del primer y segundo progenitor y "equiparando así los derechos con las familias biparentales", difundió STEI Intersindical, según Europa Press.
El sindicato ha pedido que no se recurra el falta legislativo y que se legisle para evitar que las familias monoparentales "deban ocurrir el trago de la judicialización" para conseguir las 32 semanas de permiso para cuidar a los recién nacidos.
La sentencia de Palma alega a la demanda de una docente, mama sola. En febrero además hubo una sentencia del Supremo de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña, frente a la demanda similar de una funcionaria, a la que reconoció el derecho a 32 semanas de permiso.
Discriminación del pequeño y de la mujer
El falta estimaba que " la negativa del derecho a dicha ampliación/acumulación de uno y otro permisos en familias monoparentales priva al último de ese derecho y discrimina a la mujer" (o es en la gran mayoría de familias con un progenitor), tanto si fue una mujer que fue a la maternidad sola como si ha fallecido el otro progenitor. Precisamente, el tribunal señalaba que si fallece la mama, la ley sí prevé que el otro progenitor acumule los permisos de uno y otro.
El Supremo de lo Social número 16 de Valencia además reconoció ampliar las 16 semanas de permiso en mayo del 2021 a una clan monoparental, señalando que tener solo un progenitor no puede ver mermado ese tiempo de cuidado que el caprichoso tiene protegido por la ley (aunque no le reconoció 4 de las 12 semanas alegando que se deben tomar en un santiamén tras el origen, cuando la mujer ya había hecho sus 16 semanas).
Iguales derechos que en una clan con dos pregenitores
La Dirección Provincial de Valencia de la Seguridad Social le había denegado a la mujer ampliar su permiso alegando que se comercio de "un derecho individual y no puede ser transferido al otro progenitor". El Supremo de lo Social concluyó que la mujer "no se está adueñando de ningún derecho, poliedro que no existe otro progenitor que tenga derecho al período de disfrute solicitado por ella y, por consiguiente, no se comercio de ninguna transferencia de su derecho individual".
Ya en el 2020, el Tribunal Superior de Conciencia del País Vasco reconoció a una enfermera sumar el permiso (entonces de 8 semanas) para el segundo progenitor alegando que ser un hogar monoparental "no delimita un vínculo diferente de identificación determinante del cuidado y atención del último, y sus propios derechos”. Tambien tribunales de Andalucía y Madrid han emitido fallos en la misma linea.
Los jueces han trillado que frente a una mama sola, si no se dan los dos permisos, se merma la igualdad de derechos del bebé, que tendría menos derechos y recibiría último atención que aquellos con dos progenitores.
La prestación por origen y cuidado de último se equiparó en 16 semanas a principios del 2021 igual para madres que para padres y como derechos individuales y no transferibles. Seis semanas deben cogerse inmediatamente tras el parto o la admisión o acogimiento.
El Tarea de Derechos Sociales, que dirige Ione Belarra, anunció que en la ley de Familias que pretende impulsar se incluirá la ampliación de los permisos hasta 24 semanas.
En el primer trimestre de este año, la Seguridad Social ha tramitado en España 123.076 prestaciones por origen y cuidado de último, 58.768 para el primer progenitor, que asiduamente es la mama, y 64.308, para el segundo. Donde más prestaciones se han poliedro ha sido en Madrid (22.257), seguida de Catalunya (21.716) y Andalucía (21.647).
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