Ajustar el sistema fiscal a las nuevas realidades

De la misma guisa que en el Software España 2030 el Gobierno se comprometía a la reforma de las pensiones y a la reforma sindical, se ha comprometido igualmente a la reforma tributaria: de ahí el encargo a una comisión de personas expertas para elaborar la propuesta, tarea que fue hecha en tiempo y forma (la exigencia era a finales de febrero). Toca ahora al Empleo, cuando la tormenta amaine, animarse si lleva al BOE esa hoja de ruta. Se cubre así esta especie de Memorandum of Understanding implícito, a cambio de la inmensa ayuda europea que suponen los fondos Next Generation: fondo para el bienestar de las nuevas generaciones con un sistema de pensiones que no los condene, una regulación del mercado de trabajo que no los excluya y una fiscalidad que, a través del adeudamiento y endeudamiento hoy, no traslade cerca de ellos los costes a futuro.

Contrariamente a lo que algunos podían pensar (entre ellos, dos miembros dimisionarios de la comisión) no se trataba de hacer el gran big bang de la fiscalidad (tan vasto como inútil, recordando lo que pasó con el preparatorio Mensaje Lagares, que lo intentó), sino de ajustar nuestro sistema fiscal a las nuevas realidades de la heredad: transacciones cada vez más digitales, mercados de segunda mano crecientes y excluidos de canon, compras por internet, nuevas modalidades de patrimonio ( NFT, criptoactivos...), deslocalizaciones en un mundo sin fronteras, creciente incidencia de paraísos fiscales y la aparición de una nueva imposición que ha llegado para quedarse como es la tributación ambiental.

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El tema sino de toda propuesta de reforma sigue siendo la supresión o no del impuesto sobre el patrimonio

Xavier Cervera

De eso se ocupa el Manual Blanco promovido desde el Instituto de Estudios Fiscales. Aunque es creciente la percepción social en auxilio de una veterano redistribución, resulta difícil conseguirlo con la reforma fiscal propuesta, y más todavía cuando existen presiones contra la virtualidad del impuesto de patrimonio y sucesiones. Con el respeto –a pesar de la exigencia de más control– del patrimonio empresarial usual, el mantenimiento de una dualidad fiscal entre rentas de trabajo y de renta a auxilio de estas últimas y cambios en el impuesto sobre el consumo, penalizando las energías sucias en particular, de naturaleza regresiva, no se puede esperar demasiadas cosas de los cambios fiscales en materia redistributiva. 

Discrepancias

Sería inconstitucional no consignar el patrimonio como expresión que es de la capacidad económica del ciudadano

Es a través de las transferencias y los servicios públicos que se tendrá que agenciárselas el traje a medida para apaciguar la desigualdad que afecta a los más frágiles, y no a través de hacer crecer o eliminar algunos impuestos de guisa indiscriminada. Y en todo caso, consolidar un sistema tributario que no deje descosidos para que algunos incumplan y funcione recaudando sin distorsionar de guisa no querida el buen funcionamiento de la heredad. 

La eficiencia asignativa requiere eliminar distorsiones entre activos y en el interior de los tipos de un mismo activo (financieros o reales, convencionales o criptoactivos) y entre las formas de la actividad empresarial (societaria, personal o autónoma). Además hay que contrapesar las deslocalizaciones territoriales, contra las estratificaciones de bases que reprochan el crecimiento empresarial, en presencia de la utilización de diferentes regímenes de estimación (módulos, indirectas). Y evaluar deducciones y bonificaciones –una día introducidas y nunca más reconsideradas– o la carencia de amparar tipos impositivos por categorías de intereses que acaban tergiversando la coherencia de las políticas de producción y consumo.

El tema sino de toda propuesta de reforma sigue siendo la supresión o no del impuesto sobre el patrimonio. Pero ningún sistema tributario puede ser analizado por partes sin una visión del conjunto. La tributación no parte nunca de cero. Si guijo menos los flujos de renta lo tiene que poder hacer sobre el stock, en particular del patrimonio sustraído del ciclo productivo, ya sea en vida o en el momento de la sucesión. 

Por otra parte, todos los países gravan el patrimonio en alguna de sus formas. No es cierto que no se circunspecto; quizá no lo hacen tanto y como en España –de ahí que la propuesta del Manual Blanco lo reduzca. En Francia cargan todavía más contra la riqueza inmobiliaria, y muchos no tienen tantas contemplaciones como aquí con rentas de activos reales, alquileres, empresa usual, etc. Sería inconstitucional, encima, no consignar el patrimonio como expresión que es de la capacidad económica de los ciudadanos. De ahí que no se entienda que los guardianes de la Constitución en este punto miren para otro banda, o que desde posiciones liberales uno se muestre contrario a la armonización fiscal en el interior de España pero la pida con Irlanda o los Países Bajos en la Unión Europea. No se puede estar en ceremonia y repicando.

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