La Audiencia de Barcelona ha confirmado la sentencia condenatoria contra tres extorsionadores, de entre 28 y 31 primaveras, que han hecho de la ocupación de pisos su modus vivendi. No se manejo de personas que invadan una propiedad ajena por extrema requisito, sino para chantajear a los dueños y no liberar la vivienda hasta conseguir una “compensación económica”.
Eso fue lo que ocurrió, dice la resolución, a principios del 2017. Los tres acusados, dos de ellos con circunstancias, forzaron las cerraduras de dos entresuelos en una finca del Raval. Los pisos, recuerda la Sección Octava, que preside la magistrada María Otero, “estaban recién rehabilitados, amueblados y con una televisión cada uno”. No fue una votación al azar, sino muy calculada. Los acusados sabían muy adecuadamente qué hacían.
Los inmuebles estaban a la liquidación por 300.000 euros cada uno. Dos compradores extranjeros se habían interesado y habían abonado un 10% del precio en concepto de prenda. La ley establece que en caso de que la adquisición no se pueda ejecutar la inmobiliaria debe indemnizar a los frustrados compradores con el doble de la cantidad entregada como fianza, es opinar, en este caso 60.000 euros por vivienda.
La sentencia subraya que, a pesar de que las prenda ya se habían entregado, “el rótulo de ‘se vende’ con el número de teléfono de la inmobiliaria continuaba colgado de la portada”. Craso error. Los extorsionadores llamaron, averiguaron que los pisos ya tenían comprador y actuaron en consecuencia. Cuando la inmobiliaria les solicitó que se marcharan se topó con una ademán “prepotente, chulesca, de camelo y agresiva”.
Una sala de vistas 
Los inquilinos indeseados dieron una interpretación estrafalaria e intentaron representar que los estafados habían sido ellos: “un señor con traje que pasaba por la calle” les dio las llaves de los pisos, pero no del portal, a cambio de sendas fianzas de 3.000 euros. Los tres acusados ocupaban uno de los entresuelos (por cierto, con un perro de las llamadas razas peligrosas) y aseguraban que en el otro había una chica preñada.
En una ambiente surrealista y casi divertida, de no ser porque la inmobiliaria estaba al borde de la ruina y necesitaba perentoriamente completar la liquidación, el líder del género hizo ver que hablaba con esa supuesta mujer, aunque era evidente que al otro banda de la puerta no había absolutamente nadie. Pronto, sin requisa, mostraron sus verdaderas intenciones: “Sabemos que los habéis vendido por 300.000 euros cada uno”.
La Ciutat de la Justícia de Barcelona 
Primero exigieron 10.000 euros “en concepto de compensación económica para marcharse”. Acabaron aceptando 8.000. Se marcharon, eso sí, llevándose dos televisores. La sentencia confirma la condena que les impuso en su día el Supremo Penal número 9 de Barcelona “por un delito de coacciones con la modalidad agravada de impedir el disfrute de la vivienda” y otro delito de robo por la desaparición de los dos televisores.
Los condenados con circunstancias han recibido tres primaveras y diez meses de prisión; el debutante, un año y dos meses. Los hechos son del 2017 y han tardado cinco primaveras en cobrar el punto final. En las facultades se enseña que “el razón debería seguir al delito como la sombra al delincuente”. Eso es una quimera, pero no lo es que la equidad siempre acaba llegando, aunque a veces sea tarde: los acusados todavía tendrán que devolver el peculio.
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