Si quieres vender tu coche, no coloques un cartel de "Se vende": podrían multarte

Lo hemos conocido muchas veces, pero no es del todo admitido colocar un cartel en el interior del transporte con el fin de venderlo. No porque no estemos autorizados a hacerlo, sino porque sin saberlo podríamos estar infringiendo hasta dos normativas diferentes.

Da igual si el cartel lo tenemos en el interior de un coche aparcado o en circulación, las infracciones las podemos cometer igualmente. Una de estas infracciones se enmarca en el interior de la reglamento que recoge el reglamento normal de circulación, válido para todo el Estado, y la otra dependerá de la reglamento municipal que corresponda, por el motivo que considere el Consistorio en cuestión, este tipo de publicidad.

Reglamento normal de circulación

Horizontal

Colgar carteles de cesión en el interior del coche no está permitido en algunos ayuntamientos

Getty

La reglamento normal es la que nos afectará a todos por igual y es la que nos perjudicará cuando circulamos en el transporte con un cartel de "Se vende" en una de las ventanas del coche, que es donde normalmente se instalan este tipo de letreros.

Los anuncios que informan de la cesión de un transporte infringen el artículo 19.1 del reglamento normal de circulación, que establece que "la superficie de los vidrios del transporte tendrá que permitir, en todos los casos, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por donde circule, sin interferencias de láminas o pegatinas".

Por lo tanto, tener el cartel en un coche en circulación no será una buena idea de cara a evitar una multa por infracción oneroso que podría subir a 200 euros. Curiosamente, de este punto en concreto del reglamento normal se ha hablado hace poco por la polémica que surgió a raíz de la posibilidad de ser multados por no bañar los coches que se ensuciaron tras las lluvias de granito y las calimas que afectaron a buena parte de la península hace unos meses.

Normativas municipales

Una vez conocemos la beneplácito que podemos aceptar por circular con el cartel de 'Se vende', es momento de asimilar si podemos dejar el coche en un aparcamiento al vendaval redimido y que se vea nuestro rótulo publicitario.

Para este supuesto no hay una reglamento normal, pero sí ordenanzas municipales que regulan la compra-venta de los vehículos y tengan estipulado en el interior de la reglamento almacén si se permite un cartel o no. Algunos ayuntamientos tienen la potestad de valorar si consideran que un transporte —con un rótulo publicitario— puede representar un uso indebido de las vías públicas. En este caso, la multa la determinará la misma reglamento reguladora municipal.

Por lo tanto, si tienes pensado traicionar tu coche, una cosa segura que no podrás hacer es circular con el cartel donde consta el coste, el teléfono y alguna otra información más. Y si lo que quieres es dejar el coche aparcado con el rótulo en el interior, tendrás que consultar con tu Consistorio si puedes hacerlo o no.

Post a Comment

Artículo Anterior Artículo Siguiente