La CNMC prohíbe cautelarmente a RTVE contratar publicidad para el mundial de Qatar

La Comisión Franquista de Mercados y Competencia (CNMC) ha anunciado este viernes medidas provisionales sobre la contratación de la Corporación de Radiodifusión Televisión Española (CRTVE) de cara al mundial de Fútbol de Qatar que comienza el próximo 21 de noviembre.

En concreto, la corporación pública no podrá contratar publicidad con otros anunciantes que no sea los patrocinadores de la competición y otras filiales comerciales de Unión Internacional de Fútbol (FIFA).







Denuncia de las televisiones privadas

Esta suspensión cautelar se toma como respuesta a la denuncia que se abrió a finales de septiembre cuando la Unión de Televisiones Comerciales en Despejado (UTECA), la principal asociación de televisiones privadas de España, y Mediaset España solicitaron al organismo regulador de la competencia que aclare si la comercialización de publicidad para el Mundial de Qatar que estaba realizando RTVE vulnera la ley de financiación de la corporación pública. 

Las principales televisiones privadas incluso denunciaron que RTVE estaba ofertando sus espacios a precios por debajo de la media de sector, lo que estaría provocando una fuga de inversiones desde los canales privados.







Aprieto por la cercanía del Mundial

Esta prohibición tiene carácter temporal y estará “nada más estará válido hasta que la Comisión adopte una Resolución definitiva al respecto”, asegura el comunicado emitido por el regulador de la competencia que la justifica “en almohadilla a los principios jurídicos de apariencia de buen derecho, ponderación de los intereses afectados y peligro en la aplazamiento en la asimilación de la resolución, teniendo en cuenta la exclusivo necesidad por la cercanía del Mundial.”

La ley que regula la financiación de la RTVE, en su redacción válido, permite excepcionalmente que la RTVE pueda emitir competiciones deportivas con arreglo de patrocinio u otras formas comerciales cuando éstas formen parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir.







Intrepidez provisional

La CNMC considera provisionalmente que "la excepción lícito sólo ampararía la lanzamiento de publicidad de los patrocinadores de la competición y demás afiliados comerciales de la FIFA, que se habrían notificado a RTVE en el momento de la adquisición de los derechos".

 "Sin bloqueo, en este momento se entiende que la RTVE no podría emitir publicidad en común, contratada por anunciantes distintos de los afiliados comerciales de la FIFA", ha concluido.

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