EL Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar, dependiente del Ocupación de Educación, ha presentado esta mañana una breviario sobre la figura del coordinador de bienestar, esencia para fomentar la convivencia pacífica en las escuelas y detectar violencias ejercidas sobre los niños adentro y fuera del centro. Esta es una figura obligatoria que exige la nueva ley de educación (Lomloe) y la ley de la infancia y que está teniendo una aplicación dispar entre las comunidades autónomas, encargadas de regularlo.
El coordinador de bienestar debe organizar tanto las acciones internas de prevención y resolución de conflictos como las externas, la relación con el resto de administraciones implicadas en la protección de los niños. Sus funciones incluyen la vigilancia de una buena convivencia escolar además fuera de la escuela, la que se establece, por ejemplo, en las redes sociales. Entre sus acciones se contempla la prevención y detección del ciberacoso, protegiendo especialmente al alumnado más indefenso por sus características personales o por su condición.
Secretario de Estado de Educación
"Lo peor que pueden hacer los centros es taparlo; tienen que enfrentarse estos temas con energía, porque lo que no se visualiza no se puede combatir"
En un enfrentamiento con la prensa, el secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón, ha recalcado que para su servicio las cuestiones relativas al malestar emocional y el bienestar del escolar son hoy la máxima prioridad, entre otras razones por el aumento de estas situaciones a raíz de la pandemia, según informa Efe.
Bar ha recalcado que lo "peor" que puede ocurrir en el acoso escolar u otras violencias es el "silencio": "Lo peor que pueden hacer los centros es taparlo; tienen que enfrentarse estos temas con energía, porque lo que no se visualiza no se puede combatir".
A su causa, hay que estar "alerta", pues aumentan las conductas depresivas, autolesiones e incluso suicidios y se ha acelerado el tema tecnológico -conductas de acoso enredes, camino a páginas de fake news, pornografía, es proponer, "lo que nos ha rescatado el sistema educativo en la etapa dura de la pandemia, tiene su otra cara de la moneda y es que la seguridad en las redes se ha resentido".
Todo el personal educativo y oficial debe contar con una formación básica mientras que el coordinador debe tener una formación específica
Entre las propuestas del Observatorio de Convivencia se pide que cada centro desarrolle un mapeo de riesgos de situaciones conflictivas para determinar la carga de trabajo que tendrá el coordinador de bienestar, que reportará al equipo directivo, y, luego, el número de horas de dedicación y la conveniencia de contar con una o más personas
Esta mañana además se ha suficiente las "Recomendaciones para Trabajar la Ciberconvivencia en los Centros Educativos", elaboradas por el Reunión de Ciberconvivencia del Observatorio,
coordinado por el Instituto Doméstico de Ciberseguridad (INCIBE). La convivencia se entiende en un sentido amplio, más allá de las paredes del centro, y establece recomendaciones para alertar, detectar y llevar a cabo en los conflictos en las redes sociales, incluido el ciberbullying. Entre los consejos menciona que los profesores estén al tanto de las redes sociales que utilizan los alumnos y allanar la recibimiento de avisos sobre situaciones de peligro para la ciberconvivencia.
Se pide que cada centro desarrolle un mapeo de riesgos de situaciones conflictivas para determinar la carga de trabajo del coordinador de bienestar
"Dada la influencia recíproca de las relaciones en los ámbitos en cadena y presencial en el entorno escolar, sería deseable que cualquier software de gobierno de la convivencia incorpore la perspectiva de la ciberconvivencia", indica el texto.
Y en cuanto al ciberacoso incluye la protección de colectivos que pudieran estar en peligro de vulnerabilidad frente a este tipo de acciones, como violencia puntual online (humillaciones, burlas, amenazas, chantajes, etc.), discriminación y aislamiento en cadena, discursos de odio, ciberacoso, difusión no consentida de información privada, de contenidos sexuales o dañinos, contactos engañosos sexuales (grooming, despotismo y explotación en cadena) y comunidades peligrosas (anorexia, gula,
violencia, autolesión, etc.).
El coordinador además alertará sobre las violencias ejercidas sobre los menores por parte de adultos fuera del centro, una información que en muchas ocasiones tienen los profesores por su proximidad con los alumnos.
En la breviario se subraya los niveles "preocupantes" de violencia inmaduro en el país que requieren la protección de toda la sociedad pero que mientras eso no esté protegido "es necesario que la figura del coordinador o coordinadora de bienestar y protección se erija como medio ambiente de cohesión entre todas las personas, contextos y servicios que pueden ayudar a esa protección", subraya la breviario.
No obstante, en el mismo documento se especifica que el coordinador no está solo velando por la convivencia escolar sino que que todo el personal educativo y oficial de los centros escolares deben estar formados y "tienen que crear un clima adecuado para alertar, detectar e intervenir frente a las situaciones de violencia contra la infancia". Incluso familias y alumnos deben aceptar contenidos formativos, así como profesionales externos que trabajan con los escolares.
Según el servicio, la escuela debe ser un atmósfera de seguridad para los niños en el que encuentren figuras de remisión a las que puedan comunicar situaciones de violencia padecidas cuyo origen puede situarse fuera de dicho entorno. "En ocasiones -refiere el texto- esta es la única posibilidad de romper esos círculos viciosos en los que se encuentran atrapados". Por el contacto directo con sus alumnos, los docentes pueden detectar precozmente situaciones de maltrato físico, psicológico o emocional e interpretar determinados indicadores que aparecen en el comportamiento inmaduro y adolescente y pueden ayudarles a ellos y a sus familias a salir de la situación.
En los protocolos de recital contra los diferentes tipos de despotismo y maltrato -acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de especie, violencia doméstica, suicidio, autolesión, o cualquier otra manifestación de violencia- la ley señala que es competencia de las administraciones educativas su regulación.
Estos protocolos se activan cuando "cualquier miembro" de la comunidad educativa observe indicios de violencia o cuando los
menores comuniquen los hechos. y se protegerá con medidas específicas cunado el motivo de la violencia tenga que ver con características personales de la vícitma (discapacidad, zona de origen, etnia, problemas de vitalidad mental, orientación sexual), así como cuando la violencia se ejerza a través de nuevas tecnología o dispositivos móviles.
l1. Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección dirigidos tanto al personal que trabaja en los centros como al alumnado. Se priorizarán los planes de formación dirigidos a los tutores y a los alumnos con habilidades para detectar y reponer a situaciones de violencia. Asimismo, con las asociaciones de clan, se concienciará a los padres.
2. Coordinar los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales e informar a las autoridades correspondientes.
3. Identificarse como referente principal para las
comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia en el propio centro o en su entorno.
4. Promover medidas que aseguren el mayor bienestar para los niños, así como la civilización del buen trato a los mismos.
5. Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.
6. Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su ciudad o comunidad autónoma.
7. Fomentar el respeto a los alumnos con discapacidad o cualquier otra circunstancia de exclusivo vulnerabilidad o multiplicidad.
8. Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia.
9. Promover, en aquellas situaciones que supongan un peligro para la seguridad de los menores la comunicación inmediata por parte del centro educativo a la policía
10. Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de etapa, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las agencias de protección de datos.
11. Fomentar que en el centro educativo se lleva a lugar una comestibles saludable y nutritiva, correspondiente a una dieta equilibrada.
Para determinar la carga de trabajo que tendrá el coordinador de bienestar y protección, y por lo tanto el número de horas de dedicación y la conveniencia de contar con una o más personas, se recomienda que cada centro desarrolle un mapeo de riesgos.
En todo caso, la breviario desaconseja que el coordinador sea un miembro del equipo directivo, sino un profesional que trabaje conjuntamente y rinda cuentas a la dirección que debe procurar los bienes adecuados.
"La enorme cantidad de trabajo que supone la planificación de un maniquí integral de prevención, así como la detección temprana y el seguimiento de las posibles incidencias que pudieran surgir desborda, ampliamente, las funciones del equipo directivo", dice la breviario. Por ello, el coordinador debe llevar a cabo por delegación del equipo directivo y "convertirse en un apoyo fundamental del mismo" para extender el concepto de protección y las medidas que del mismo se derivan a todos y cada uno de los rincones del centro educativo.
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