El expresidente catalán Carles Puigdemont ha destacado al enjuiciador del procés Pablo Llarena de suministrar una delación contra él por una “persecución política” por considerarle “enemigo de España”.
En un escrito al que ha tenido golpe La Vanguardia, el ex líder de Junts recurre el automóvil de Llarena por el que retiraba el delito de sedición una vez derogado y modificaba las órdenes de escudriñamiento y captura por los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos.
Puigdemont entiende que son varias las razones por las que estas órdenes deben mantenerse desactivadas. La principal es que sostiene que su recital como presidente de la Generalitat en la estructura del referéndum del 1 de octubre de 2017 y de todo el procés fue constitucional y legítima y no se cometió ningún delito, al contrario de lo que sostiene el instructor del Tribunal Supremo.
Por otra parte, cree que Llarena carece de toda imparcialidad, que su interés político en la causa se ha conocido reflejado en sus apreciaciones en el zaguero automóvil respecto de la atrevimiento política de derogar el delito de sedición, y por otra parte sostiene que el Supremo no es el entraña competente para investigarle.
Cuestión prejudicial delante la "persecución política"
Por todo ello, su defensa, el culto Gonzalo Boye ha solicitado la inepto de esta última resolución y ha solicitado a Llarena que plantee una cuestión prejudicial delante el Tribunal de Rectitud de la Unión Europea para que aclare si debe ser el suspensión tribunal gachupin el que juzgue, por su aforamiento, a un europarlamentario como es el caso de Puigdemont.
“Nos hallamos, pues, delante un caso obvio que lleva indefectiblemente al planteamiento de una cuestión prejudicial. Lo contrario supondría una violación manifiesta de los derechos a la tutela legislativo efectiva, a un proceso con todas las garantías, así como al derecho al enjuiciador ordinario predeterminado por la ley”, advierte el escrito.
El culto mantiene que si Llarena se niega a sugerir una cuestión prejudicial delante Europa demostraría que la causa legislativo abierta contra el ex presidente se alcahuetería de una “persecución política”.
Prueba de ello es, a su sensatez, los “particulares planteamientos políticos” expuestos por el enjuiciador en su zaguero automóvil, y que deberían favor quedado en el “ámbito íntimo”, según el culto. “Sin ir más allá, esta sensación o visión de lo actuado todavía parece ser compartido por el Gobierno gachupin cuando la portavoz del mismo ha manifestado, respecto de la resolución aquí recurrida, que ‘la jurisprudencia tiene que establecer jurisprudencia y los políticos tenemos que promulgar’”, añade.
Por otro costado, Puigdemont costal a colación en su escrito la resolución del tribunal teutón que rechazó –tras la detención en su país de éste- la entrega del líder independentista a España para ser audiencia por un delito de insurrección o sedición aunque sí lo aceptó por el de malversación de caudales públicos.
Ni desórdenes públicos ni malversación
“En Alemania se dictó una sentencia que, en términos reales, implicó la derogación de facto del delito de sedición, como el de insurrección, aun cuando el congresista haya tardado más de 4 primaveras en hacerlo efectivo y publicarlo en el Boletín Oficial del Estado. Mi representado, ni ayer de la reforma ni posteriormente de esta podía ni puede ser destacado del delito de sedición, mucho menos del de insurrección, ni del de desórdenes públicos del patronímico que se le quiera poner porque en ningún sistema tolerante los hechos de octubre de 2017 son incardinables en ningún tipo delictivo”, explica el culto.
Aunque Llarena no le reclama por el delito de desórdenes públicos agravados, sí lo hace la Fiscalía y la Derecho del Estado, que han recurrido la resolución del instructor para que incluya este delito y poder acusarle por ello si finalmente es entregado a España.
Sin confiscación, respecto de la malversación siquiera cree que pueda ser audiencia porque “los hechos que se les imputan son, a lo sumo, inexistentes, como sucede en el caso de la malversación trasgo de Unipost, que esta parte ha denunciado reiteradamente delante este Tribunal Supremo”, a través del cual se distribuyeron las papeletas del 1-O a pesar de su prohibición por parte del Tribunal Constitucional y Tribunal Superior de Rectitud de Catalunya (TSJC).
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