Este jueves ha entrado en vigor la nueva reglamento para mejorar el bienestar animal en las granjas. Su objetivo es poner fin a algunas de las malas prácticas que se llevan a punta, como el corte de colas de los cerdos, así como mejorar las condiciones de aquellos animales que viven en estas explotaciones. Hace tiempo que las condiciones en las macrogranjas están a debate, y la nueva ley lo que pretende es mejorar algunas de estas situaciones.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba ayer el vivo decreto impulsado por el Servicio de Agricultura, Pesca y Comestibles, que establecía algunas de las nuevas normas para mejorar la calidad de vida de los animales en granjas. Se destaca especialmente por intentar disminuir algunas prácticas ejercidas sobre cerdos, pero igualmente incluye modificaciones de otros decretos sobre protección de animales en este tipo de centros de producción en lo relativo a las condiciones y la cría de terneros, gallinas ponedoras y pollos de carne.
Granjas
La norma pretende mejorar el bienestar de cerdos, terneros, gallinas ponedoras y pollos
Entre las medidas previstas, igualmente están la creación de una mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales, así como un centro doméstico de remisión para el ámbito granjero y acuícola, para el que ha sido designado por un periodo de dos abriles el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Catalunya (IRTA), en consorcio con la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB).
El texto modifica las normas mínimas para la protección de cerdos, con el fin de mejorar las condiciones de las granjas y el manejo de los animales. En concreto, se establecen nuevos títulos en lo relativo a la densidad máxima de animales en las granjas y condiciones más exigentes respecto a su provisiones, agua, comederos y condiciones ambientales. Todavía se regula sobre la disponibilidad de material manipulable para los animales, con el fin postrero de disminuir la exigencia de practicar el corte de colas de los cerdos. El plazo para adoptar los cambios necesarios es de dos abriles.
Asimismo, la ley establece requisitos en el caso de los terneros. Nadie de más de ocho semanas de momento podrá estar encerrado en recintos individuales, a menos que un veterinario lo certifique. Las medidas del circuito deberán asegurar un espacio cómodo, como leve, de la misma prestigio del animal de pie y poco superior a su distancia. El alojamiento individual no podrá estar hecho de muros sólidos y deberá contar con perforaciones que permitan el contacto visual y táctil directo entre los terneros.
Con el objetivo de estabilizar la perfeccionamiento de los procesos internos, se extiende la obligación de disponer de un plan de bienestar animal a todas las explotaciones a partir de cierto tamaño. Un veterinario deberá ser el encargado de elaborarlo y las granjas tienen un plazo de 4 abriles para armarse de uno.
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