La idea de deflactar el IRPF sigue en el debate sabido, pero sin decano itinerario por ahora. La propuesta permitiría desgatar un impacto fiscal si hay subida de salarios para compensar la inflación, aunque no parece estar en los planes de Hacienda ni de las autonomías, que podrían tocar sus tramos.
¿Para qué serviría efectivamente una deflactación? La premisa es que subida de salarios, inflación y fiscalidad no vayan en contra del trabajador. “Una cosa es que me suban el sueldo por el desempeño, por favor trabajado acertadamente. Pero estas subidas en concreto serían para intentar compensar la subida de la inflación”, comenta Luis del Amo, secretario técnico del REAF del Consejo Universal de Economistas. Pero una subida por debajo de la inflación, que es lo que están haciendo las empresas si la realizan, “es un crecimiento de la renta nominativo (la guarismo que se ve en la paga), no de la renta positivo (en el coste de vida)”, repasa. Por eso, “hay que intentar solucionar que no haya una bollo fiscal decano, que las rentas bajas no salgan perjudicadas”, sigue Del Amo.
Alternativas
Hay dos opciones: o se bajan los tipos impositivos o se incrementa la pulvínulo liquidable
¿De qué se quiere proteger exactamente? Si una persona cobra menos de 12.450 euros, hoy tributa en el tramo estatal al 9,5%. Si pasa a cobrar 15.000, lo que excede de los 12.450 euros anteriores tributará al 12%. Así, por una parte del salario tendrá decano carga fiscal en impuestos, lo que anularía en parte el objetivo de percibir dominio a la inflación y la propia restablecimiento del sueldo. La deflactación movería cifras para que no se produzca esta afectación.
En caudillo, existen dos formas de hacerlo. Una es incrementar las cifras de las bases liquidables. Por ejemplo, elevar los 12.450 euros de meta hasta 13.000. Del Amo defiende esta opción. “Subir los tramos de la tarifa igual que han subido las rentas. Si suben un 2% los salarios, aumentar un 2% los tramos”. De relato podría tomarse la crecimiento de los convenios colectivos, lo que se va firmando, señala.
La otra alternativa es tocar el tipo que se aplica a cada tramo. Que en superficie del 12% sea el 11,5% o lo que se considere. “Sería más rápido y obvio desmontar los tipos que las bases liquidables”, afirma Joan Torres, presidente de la Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i Balears (APTTCB). “Deflactar la tarifa tiene mucha razonamiento, si me han subido el sueldo un 1%, 2% o 3%, a lo mejor ya tengo que hacer la explicación de la renta o retribuir más impuestos cuando no me lo han razonable a la inflación (hoy en el 8,4%)”, dice Torres. En todo caso, afirma que incrementar los salarios con el IPC, lo que acaba de dinamitar la negociación entre sindicatos y patronales, “no sería sostenible”.
No obstante, en lo que a subidas se refiere, puede favor un camino intermedio. Según Torres, una deducción fiscal podría hacer de incentivo para que los empresarios incrementen más los salarios.
Para la campaña de la renta del 2021, ya en marcha, no se aplicará la medida, que de lograr sería, como pequeño, para la del 2022. De momento todo son propuestas. Se podría intervenir sobre determinados tramos, o aguantar a término una aplicación selectiva en los más bajos, o en el tramo estatal, el autonómico, en entreambos... Por ejemplo, la propuesta del PP, que abandera el debate, pasa por centrarse en rentas medias y bajas, tocando lo inferior a 40.000 euros. Su presidente, Alberto Núñez Feijóo, resaltó la pasada semana que la tarifa “está sin ajustar desde el 2008”, mientras que los precios han ido avanzando.
En cualquier caso, saltar de un tramo a otro no implica que todo lo que se apetito tenga que tributar más. Se tributa solo por la renta que supera ese tramo. Así, si algún apetito más de 300.000 euros, no pasa a retribuir automáticamente casi el 50% entre tramo estatal y autonómico, sino que se le van aplicando los tipos intermedios, señala Torres. “A ninguna renta le quitan el 50%”, dice.
La tributación de las rentas no preocupa tanto a la APTTCB. El foco lo centran en una de las novedades de los últimos abriles, las criptomonedas. El principal problema que se ve es que no se pueden incluir en la explicación de la renta todas las permutas, transmisiones o ventas que se hacen y que deben tributar. Al realizarse miles y miles de operaciones de este tipo a lo prolongado del examen, es impracticable detallarlas todas en la explicación, ya que se recogen como mayor 25. Al final se acaban agrupando todas, operación que requiere tener fe en que la plataforma en la que se opera ofrezca los datos correctos. Sobre la Agencia Tributaria y el mundo cripto, se admite que aún se está un poco verde y descuido itinerario. “Nadie sabe por dónde va el tema”, declara Torres. Asimismo, se señala que las operaciones en el extranjero se deberían determinar, pero que en estas Hacienda tiene menos capacidad de rastreo, aunque se aplazamiento que se mejore. En teoría, tienen que tributar por beneficios de criptomonedas aquellos contribuyentes que tienen ingresos superiores a 1.000 euros y una lucro patrimonial, según recuerda Torres.Se complica el rendir cuentas
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