El Govern tumba el dictamen de Antifrau por el sueldo del alcalde de Llavaneres

La Comissió Jurídica Assessora de la Generalitat ha resuelto que los acuerdos de pleno en materia de retribuciones del corregidor, Nani Mora, y del primer teniente de corregidor, Albert Sala, del mandato 2015-2019, "se adaptan a la legislatura aplicable". Así se recoge en el mensaje que la Comisión Jurídica envió en respuesta a la investigación abierta por la Oficina Antifrau de Catalunya (OAC). Nani Mora y Albert Sala no tendrán que hacer frente a la protesta monetaria por parte de la entidad fiscalizadora por la diferencia en el cobro de afluencia.

En las conclusiones, los juristas informan desfavorablemente sobre la revisión de estos acuerdos del Pleno municipal de Llavaneres -que el Concejo de Llavaneres había iniciado de oficio por si era necesario declararlos nulos- y, luego, no cuestionan la rectitud de la diferencia en el cobro de afluencia a las sesiones de los órganos colegiados, durante el mandato 2015-2019, por parte del corregidor Mora y del concejal Sala.

A través de un comunicado, el gobierno municipal de Llavaneres quiere manifestar la satisfacción por las conclusiones recogidas por la Comissió Jurídica Assessora, que suponen un punto y final a un "proceso de investigación iniciado por Antifrau que ha sido dadivoso y pesado" y ponía en prevención las buenas prácticas en la diligencia de los bienes públicos. En este sentido, el gobierno quiere reconocer el trabajo realizado por los servicios jurídicos municipales, ya que en todo momento la voluntad del consistorio ha sido colaborar con la investigación de la OAC. De hecho, la resolución de la Comisión Jurídica Asesora se apoyo en el mensaje forense emitido por el Secretario Municipal en el proceso despejado por Antifrau. "Han sido meses muy intensos en los que ha sido necesario demostrar jurídicamente y con argumentos de que las decisiones plenarias se ajustaban a la ley", ha manifestado el corregidor, Nani Mora.

La investigación la comenzó de oficio el 23 de junio de 2021 Antifrau para resolver si el régimen de remuneraciones aceptado en el mandato 2015-2019 para los miembros electos del Concejo de Llavaneres cumplía con la rectitud válido. En su mensaje de noviembre de 2021, se recogía la información facilitada por el consistorio y se emitían una serie de conclusiones. En ese momento, la resolución del proceso quedó irresoluto de la resolución vinculante que debía emitir la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat y que ahora ya ha sido notificada al consistorio.

Horizontal

Joan 'Nani' Mora, corregidor de Sant Andreu de Llavaneres

Terceros

Durante el mandato 2015-2019, el gobierno municipal decidió seguir retribuyendo, como en anteriores mandatos, a los concejales del gobierno y de la concurso y el corregidor mediante un sistema de cuota por afluencia efectiva a los órganos colegiados del Concejo : Pleno Municipal, Acoplamiento de Gobierno Nave (JGL) y Comisión Informativa Genérico (CIG). Este sistema de cobro fue aceptado en el pleno de estructura del mandato, de 19 de junio de 2015.

Los cargos electos no tenían ningún sueldo asignado, sino que la totalidad de los ingresos que percibían del Concejo eran por afluencia; esa fórmula ya se había estudioso en etapas anteriores. Las retribuciones de los diecisiete cargos electos del mandato antedicho están publicadas en la web del Concejo. En este sentido, se consideró que el corregidor o los tenientes de corregidor que hicieran funciones de corregidor accidental, como presidente del Pleno y de los distintos órganos colegiados, podían tener una compensación más suscripción por la responsabilidad y anciano dedicación y complejidad de sus funciones.

Desconocimiento de la ilegalidad

En ningún momento, reza el comunicado municipal, el gobierno tuvo conocimiento de que esta opción de retribución pudiera ser considerada inadecuada y, luego, pudiera convertirse en objeto de penalización por parte de la OAC. Las diferencias en las retribuciones por afluencia se mantuvieron hasta la finalización del mandato, tanto en lo que se refiere al corregidor como a los concejales de gobierno y concurso.

En el coetáneo mandato, el cobro por afluencia se ha mantenido para los concejales de la concurso y para los miembros del gobierno que así lo han solicitado. El resto de miembros del gobierno, incluido el corregidor, perciben un sueldo mensual, que además se puede consultar en la web municipal.

A raíz de la comunicación de Antifrau de mayo de 2021, el consistorio introdujo unos cambios en las cantidades que percibían los portavoces de la concurso, ya que estaban cobrando más que sus compañeros de reunión municipal por afluencia a los plenos. Así pues, al percibir el aviso, la corporación corrigió esa diferencia. Antifrau considera que no se puede cobrar una cantidad diferente por afluencia aunque el cargo sea de anciano responsabilidad.

En el comunicado del mes de noviembre de 2021, la OAC daba al corregidor y al concejal, como personas afectadas, un plazo de diez días para presentar alegaciones. Transcurridos estos diez días, Antifrau debía resolver si reclamaba, para el mandato 2015-2019, la diferencia de retribución al corregidor y al primer teniente de corregidor, Albert Sala. Por la totalidad del pasado mandato, instaría al Concejo a exigir el reintegro de 57.650 euros, al corregidor, y de 800 euros, al primer teniente de corregidor, por las asistencias como corregidor accidental.

Para rendir cuentas a la población, el gobierno convocó una audiencia pública el 21 de noviembre en el cabildo.

Post a Comment

Artículo Anterior Artículo Siguiente