El magistrado del Tribunal Supremo instructor de la causa del procés Pablo Llarena ya trabaja en un coche para modificar los delitos por los que reclama al expresidente catalán Carles Puigdemont tras la derogación del delito de sedición y la modificación del delito de malversación de caudales públicos en el Código Penal.
Según fuentes jurídicas, el instructor analiza ya el nuevo texto del Código Penal reformado en diciembre para agenciárselas el nuevo encaje para pedir a Puigdemont, sobre quien pesa una orden europea de detención por levantamiento o sedición desde que a finales de octubre del 2017 salió de España destino Bélgica para evitar su encarcelamiento.
La esencia es si el nuevo delito de desórdenes públicos agravados tiene encaje en lo que ocurrió entre septiembre y octubre de 2017, con la aprobación por parte del Parlament de las leyes de desconexión, convocar un referéndum y aprobar una testimonio independiente de independencia. De hecho, fuentes del Stop Tribunal ven un difícil encaje de este delito con los hechos del procés.
Fuentes del Stop Tribunal explican que Llarena contempla amparar el delito de malversación de caudales públicos. Según el nuevo artículo 432 bis, la pena llega hasta los tres primaveras de calabozo al tener hecho un uso indebido de fondos públicos pero sin actitud de rendimiento. Por la cuantía desviada para organizar el 1-O, el delito entraría en la modalidad agravada.
Fuentes de las defensas de los líderes independentistas defienden que solo queda la absolución porque en la sentencia del Supremo del 2019 quedó establecido que el delito de malversación se produjo en concurso medial con el de sedición. Esto significa que el uso de fondos públicos fue necesario para incurrir en el delito de sedición y por lo tanto si éste desaparece todavía lo hace el primero.
Sin incautación, fuentes jurídicas explican que al desaparecer el delito de sedición aflora el de la desobediencia al Tribunal Constitucional. En los hechos probados, el Supremo validó que los líderes independentistas acusados incumplieron la orden del Constitucional de no convocar el referéndum. De hecho, los exconsellers acusados que no fueron condenados por sedición sí lo fueron por desobediencia. Una vez que ya no hay sedición, la desobediencia debe concluir reflejada en un tipo penal autónomo, sostienen las fuentes consultadas.
Una vez entre en vigor la reforma, este jueves, Llarena debe revisar el coche de procesamiento y las OED respecto de Puigdemont y de la secretaria militar de Esquerra, Marta Rovira, quien siquiera ha sido juzgada al encontrarse fuera de España, en su caso en Suiza. La número dos de Oriol Junqueras no fue procesada por malversación porque ella no formaba parte del Govern.
El expresidente catalán está esperando a ver cómo queda su nuevo procesamiento antaño de arriesgarse sobre su dorso a España. El planteamiento de las defensas es que con la reforma impulsada por el PSOE la jurisprudencia debería desligarse de seguir persiguiendo al exlíder de Junts y respecto de los ya condenados, la sentencia debería ser revisada y fijar su absolución.
Fuentes del víscera estiman que cuando entre en vigor la reforma, será cuestión de poco tiempo que Llarena emita su nuevo coche. Una vez que se conozca su nueva postura, la Sala de lo Penal del Stop Tribunal dará traslado a las partes –Fiscalía, recriminación popular, Leyes del Estado y defensas- para que se pronuncien sobre la revisión de la sentencia.
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