Multa de 1.260 euros a los cuatro activistas acusados por el desalojo de Forn de Barraca

El Auditoría de lo Penal número 6 de València ha condenado a los cuatro activistas que se opusieron al desalojo de Forn de Chabola, centenaria masía expropiada y derribada por las obras de la autovía V-21 de Valencia, al suscripción de una multa de 1.260 euros.

Así se desprende de la sentencia, a la que ha tenido entrada Europa Press, en la que el togado condena a una de las activistas como responsable de un delito de resistor, mientras que estima que los otros tres condenados cometieron un delito de desobediencia moribundo a los agentes de la autoridad.







Condena a la instigador por un delito de resistor y a los otros tres, por desobediencia moribundo a los agentes de la autoridad

Los hechos se remontan al 16 de julio de 2018, cuando la Distribución pública ocupó a título de desposeimiento la finca ubicada en Alboraia para realizar las obras del esquema de ampliación a tres carriles del tramo Carcaixent-Valencia de la V-21, declaradas urgentes por acuerdo del Consejo de Ministros, según se desprende de la resolución, contra la que junto a interponer solicitud de apelación.

La comportamiento de la Distribución y la falta de demoler la casa, en estado de defección, provocó el rechazo de diversas plataformas cívicas y ciudadanos no identificados que, en data 18 de septiembre de 2019, accedieron al inmueble y permanecieron en él de forma ininterrumpida con la finalidad de evitar su demolición, obstaculizando los dos caminos de entrada a la finca mediante colocación de barricadas.

Así mismo, estas personas, según consta en la sentencia, causaron desperfectos de consideración en maquinaria utilizada por la empresa adjudicataria. Además llevaron a promontorio diversas conductas disruptivas que interfirieron en la ejecución de las obras.

En el situación de este contexto, tres de los condenados, mayores de existencia y sin referencias penales, y otro condenado, decano de existencia y con referencias penales no computables a posesiones de reincidencia, en data no determinada pero al menos varias horas ayer de las 6 del día 27 de septiembre de 2019, data prevista para el desalojo del inmueble, se adentraron adyacente con otras personas en la parcela "con la finalidad señalada, cerrando la puerta de entrada mediante la colocación de un candado".

La sentencia explica que personadas diversas patrullas de la Número Civil con la finalidad de proceder al desalojo, tras eliminar el candado mediante uso de una cizalla, se identificó en la zona no techada del interior de la masía a diversas personas, entre las que se encontraba una de las condenadas, quienes fueron desalojados con el uso de la fuerza mínima indispensable.

Además relata como mientras un agente acompañaba a la condenada alrededor de la salida, ésta, con humor de menoscabar el principio de autoridad y consciente del probable menoscabo la integridad física del Número Civil, se lanzó al suelo y comenzó a propinar patadas, llegando a impactar una de ellas en la rodilla derecha de agente que, sin incautación, no llegó a sufrir lesiones al encontrarse protegido por rodilleras.

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Fotografías de las contusiones que, según las ecologistas del Forn de Chabola, se produjeron durante la comportamiento policial del desalojo de la masía




Propias

Los restantes condenados, actuando de mutuo acuerdo y con idéntica finalidad, se adentraron en el interior de la vivienda y bloquearon las dos puertas de entrada a la casa mediante la colocación de neveras y cubos llenos de material pesado.

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