La Unión de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) han rechazado el Borrador de Ley de Información Clasificada -que sustituye a la ley franquista de Secretos Oficiales- al considerar que “limita los derechos de emancipación de expresión e información”.
Así lo han renovador en un comunicado en el que anuncian adicionalmente que han realizado varias alegaciones a este borrador al entender que “el incremento de su articulado limita los derechos de emancipación de expresión y de información bajo la descargo de la visa de la seguridad y de la defensa doméstico”. Además han mostrado “sorpresa y rechazo” porque solo exista un plazo de 3 al 12 de agosto para participar, en un mes tradicionalmente vacacional, “sin que entienda que se justifica el trámite de aprieto”.
Las organizaciones de periodistas reclaman suprimir que se considere infracción oneroso o leve la difusión de informaciones clasificadas como confidenciales o restringidas
Entre otros aspectos, consideran que debería establecerse que el paso por parte de un periodista en el control de su profesión a información clasificada como confidencial o restringida “no le obliga a cuidar reserva de su contenido y no debe ser sancionable su publicación en cualquier medio de información. Encima, no cerca de concebir como conocimiento indebido de información clasificada el que resulte de las investigaciones periodísticas”.
Asimismo, reclaman la supresión de consideración como infracción oneroso o leve, la difusión por los medios de información de informes o informaciones clasificadas como confidenciales o restringidas a las que hayan tenido paso los periodistas en el control de su profesión, sin que en estos supuestos estén obligados los periodistas o los medios a entregar dichos informes o información a ningún funcionario manifiesto.
Las organizaciones de periodistas insisten en que “la ley que se pretende aprobar supone, tanto una demarcación al derecho constitucional a comunicar o admitir autónomamente información exacto como al además derecho constitucional de paso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, con los limites que establece la norma constitucional en cuanto a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas”.
Además rechazan “que impida o retazo tanto en el paso a la información como su publicación estableciendo graves sanciones para quien la contravenga, en oportunidad de rememorar la obligación de la Oficina de informar a los ciudadanos sobre el incremento de las políticas del Estado o del funcionamiento del sector manifiesto, las negociaciones políticas o comerciales de España con otros Estados, los intereses económicos o industriales, el funcionamiento de los servicios públicos o la prevención, detección e investigación de delitos”.
Las organizaciones mantienen que “no hay ninguna causa” que justifique la tramitación del Borrador de Ley por el trámite de aprieto. En este sentido, aclara que “toda norma que afecte a derechos constitucionales, máxime si supone la demarcación de tales derechos, debe contar con la billete ciudadana y de sus organizaciones a través del procedimiento legalmente regulado y eliminar dicho trámite por la vía de la tramitación urgente del borrador de ley supone de entrada una censura a la opinión de la ciudadanía, concepto que impregna el contenido del Borrador de Ley, que, en todo caso, no se puede sustituir por un corto periodo de posibilidad de billete, del 3 al 12 agosto de 2022”.
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