El Consejo de Ministros ha suficiente la ley de Familias, una norma que protege frente a todo y sobre todo el derecho de los trabajadores a poder cuidar de sus familiares más cercanos y a las personas con las que convivan cuando estén enfermos estén hospitalizados o no (hasta ahora, sólo por ingreso hospitalario y sólo a familiares). La ley, adicionalmente, equipara los derechos de todos los tipos de comunidad y amplía hasta los 26 abriles la pensión de abandono.
Encima, amplía la protección social a las familias con una renta de 100 euros para los que tengan menores de hasta 3 abriles (madres trabajadores, incluso a tiempo parcial o temporal, y aquellas en paro que tengan una prestación aunque no sea contributiva) y prohíbe que los padres o impidan el acercamiento a contenidos sobre variedad común a través del conocido como ‘PIN parental’ en los centros educativos "para proteger los derechos de los niños y adolescentes".
Belarra: "Una de las leyes más importantes de este curso político"
La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, quien ha liderado este tesina, cree que ésta es "una de las leyes más importantes de este curso político” ya que corrige “una situación insostenible” de “raíz política” que se venía dando en España, donde cada año se invierten 12.000 millones de euros menos que la media de la Unión Europea en proteger a las familias y la infancia.
“Tiene que ver con el tratamiento que los poderes públicos les han transmitido a las familias en nuestro país porque proteger a las personas, asegurar el bienestar de los niños y niñas y apoyar a las familias es una audacia política y no hacerlo igualmente lo es”, ha remarcado la ministra de Derechos Sociales.
Permisos de hasta nueve días retribuidos para cuidar a familiares y convivientes
El texto se articula en torno a cuatro pilares principales: avanzar en la seguro del derecho a la conciliación; la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza; el pleno registro de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país, y el registro y protección de los derechos de los niños y adolescentes.
La ley crea tres permisos de cuidados. Uno de cindo días al año, retribuidos, para atender a un común hasta 2º escalón o conviviente, que los trabajadores podrán utilizar en caso de montaña o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
Un segundo permiso "por marcha por fuerza viejo común" que requiera atención inmediata del trabajador, que será de cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.
Ocho semanas, no retribuidas, para cuidar a un pequeño de 8 abriles
Y un tercero, no retribuido, de ocho semanas para los padres que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el pequeño cumpla ocho abriles. Su aplicación será en dos abriles: en el 2023, seis semanas y en el 2024, las ocho. Estos permisos, como ha explicado Belarra, pueden ser importantes para semanas de receso escolares que tan de cabecera traen a los padres.
Encima, se extenderá el subsidio por partida y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida; se ampliará la pensión de abandono un año, hasta los 26 y el permiso por cuidado de pequeño con cáncer o enfermedad solemne hasta los 26 abriles en caso de discapacidad.
Más familias con la renta de crianza de 100 euros hasta que el nene tenga 3 abriles
En cuanto a la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un viejo número de familias con hijos e hijas de cero a tres abriles. Dicha ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y igualmente a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto.
A partir de ahora igualmente recibirán el 100% de la prestación las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. Según los cálculos del unidad de Belarra, esta medida beneficiará a entre 200.000 y 250.000 nuevas madres en nuestro país
Las familias numerosas serán familias con mayores deposición de apoyo a la crianza
Asimismo, a partir de la aprobación de la ley, más familias contarán con protección social bajo la denominación de “Familias con mayores deposición de apoyo a la crianza”.
En esta categoría, se verán recogidas las consideradas como hasta ahora “familias numerosas”, adicionalmente de las siguientes: las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de especie o por un cónyuge que haya obtenido la municipal y custodia monopolio sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Las monomarentales y las que tengan un progenitor en tratamiento hospitalarios, entre otras, serán familias numerosas
Por otro costado, pasarán a considerarse comunidad con mayores deposición de apoyo a la crianza de categoría específico las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría universal como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la hogaño, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).
Sobre el registro de los distintos tipos de familias, la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acercamiento a los 15 días de permiso por registro equiparables al himeneo.
Las parejas de hecho inscritas, 15 días de permiso
La ley genera igualmente un nuevo ámbito de registro y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras.
Las familias múltiples, es asegurar, aquellas que tienen varios hijos a la vez, serán consideradas como colectivo de específico protección y los hijos de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.
Fin al pin parental para impedir que el pequeño reciba información sobre variedad común
En cuanto a los derechos de los menores, se prohíbe que padres o tutores impidan el acercamiento a contenidos sobre variedad común a través del conocido como ‘PIN parental’ en los centros educativos.
La ley de Familias mejoría, adicionalmente, el Fondo de Seguro del Plazo de Alimentos, para el que se agilizan los trámites y que beneficiará igualmente a los hijos de parejas de hecho, mayores de vida con discapacidad o en situación de dependencia.
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