El juez da 48 horas a Luceño para que pague 4 millones de euros

El togado del caso mascarillas ha cedido un plazo de 48 horas a Alberto Luceño, uno de los comisionistas del pelotazo, para que aporte cuatro millones de euros si quiere evitar que se proceda al bloqueo de sus ingresos y cuentas.

En un coche al que ha tenido golpe La Vanguardia, el instructor Adolfo Carretero reclama a la Agencia Tributaria un documentación sobre los ingresos muebles e inmuebles de Luceño y de su sociedad Takamaka Invest. No obstante, el togado ha rechazado ampliar su imputación a los delitos de alzamiento de ingresos y delito fiscal, como pedían alguna de las acusaciones populares.

Luceño obtuvo casi 6 millones de euros en comisiones por intermediar en tres contratos entre la empresa malasia Leno y el Cabildo de Madrid. Con ese plata se compró una vivienda en Pozuelo de Alarcón (Madrid), una estancia en un hotel de Marbella con un coste de 60.000 euros y tres relojes Rolex, un Aston Martin DB11, un Ferrari 812 Superfast, un Mercedes AMG GT 63S, otro Mercedes SCL 300, un Range Rover Sport, un KTM X BOW, un BMW I8 Roadster, un Lamborghini Huracan Evo Spider y un Porsche Panamera.

Tal y como explicó el patrón frente a el togado cuando fue citado a determinar en calidad de investigado, los coches se compraron como negocio, para alquilarlos o venderlos, por lo que la mayoría ya no constan en su poder. Y los relojes ya los ha entregado en el Judicatura tras el requerimiento del magistrado.

La diferencia con el otro comisionista, Luis Medina, a quien sí se le ha ampliado la imputación con el delito de alzamiento de ingresos, es que Luceño no ha hecho uso de su plata desde que conoció que había una investigación abierta en la Fiscalía Anticorrupción. “El investigado ha aportado los relojes que se le han pedido y justifica los gastos necesarios para su vida personal y vida mercantil de su sociedad Takamaka Invest S.L.”, explica el instructor para argumentar porqué no cree que hay indicios de alzamiento de ingresos.

Rechaza ampliar la imputación

Siquiera se amplía la imputación al delito fiscal porque el delito por el que se inician las actuaciones es una estafa agravada con falsedad documental y blanqueamiento de plata, “sin que exista para la Fiscalía Anticorrupción un delito fiscal por cuanto Luceño podía constituir una sociedad para dedicarse a negocios, tributando la misma por impuesto de sociedades, sin perjuicio de la tributación como persona física, de modo que por el momento no hay indicios de elusión de impuestos, máxime cuando la sociedad que creó es administrada por él igualmente y es único socio”.

Según recuerda el titular del Judicatura de Instrucción número 47 de Madrid, hasta el momento sólo ha podido ser embargado a Luceño, un inmueble valorado en 1.107.400 euros, diversos vehículos valorados en 946.136,66 euros y el saldo de cuentas corrientes por un valía de 129.140,70 euros. “Teniendo en cuenta que el valía de sus responsabilidades pecuniarias alcanza 6.206.644 euros debe fijarse una fianza de 4.023.966,94 euros, como solicita el fiscal Anticorrupción, susceptible de ser ampliada si no se encuentran ingresos de otro investigado, al ser una fianza solidaria por la totalidad de las responsabilidades civiles”, recoge la resolución.

El togado indagación acreditar el excesivo porcentaje de las comisiones

En otra resolución, el magistrado reclama al comité Castellano de la Cámara de Comercio Internacional (ICC Spain) lo contratos firmados por Luceño y Medina para intervenir en el mercado foráneo para corroborar si son ciertos o si por el contrario fueron falsificados.

Así, requiere a la cámara que le comunica si ha participado en la elaboración de los referidos contratos o algunas de sus estipulaciones, o calificado la incorporación de su rótulo a los mismos, y si se corresponden con los modelos de documentos avalados por la ICC. Además quiere conocer si los investigados son socios de la institución o lo han sido, y caso afirmativo, que diga cuándo lo fueron.

Carretero ha atendido a la solicitado de la incriminación popular representada por Unidas Podemos y igualmente reclama a este organismo que le documentación si tienen establecidas pautas o recomendaciones “sobre los porcentajes de las comisiones que se consideran adecuados por el desempeño de las funciones de agente o facilitador en la celebración de operaciones mercantiles”.

Este referencia es crucial para corroborar si existió un delito de estafa. En una de sus últimas resoluciones, el togado hablaba de una comisión de hasta un 80% aunque Luceño insistió que cobraron un 47% del total de los contratos. Según el patrón, este referencia forma parte de las recomendaciones del ICC que fija los parámetros de las comisiones en un mayor de un 50%.

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