Absuelven a dos acusados de violar en grupo a una joven en una discoteca de Valencia

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha absuelto a dos hombres que estaban acusados de participar, yuxtapuesto a otros dos no identificados, en la violación grupal sufrida por una fresco en los baños de una discoteca de València, al "tener dudas razonables sobre la autoría", informa el Tribunal Superior de Probidad de.

El tribunal otorga en la sentencia "plena credibilidad" al afirmación de la víctima en relación a los hechos, sucedidos en la alba del 29 de septiembre de 2019, pero duda de la "fiabilidad" del agradecimiento de los sospechosos que la fresco hizo luego.







El Tribunal tiene en cuenta "el tiempo y condiciones" en que la perjudicada pudo ver a los autores, la "afectación psicológica" o el "estrés y ansiedad" que padecía en esos momentos

"No cerca de sostener que la víctima mienta, ni que no realizara el agradecimiento convencida de que habían sido ellos; lo que afirmamos es que las condiciones en que se produjo el agradecimiento (...), la partida de apoyo de la atribución de autoría en las pruebas objetivas biológicas y la conducta de los acusados durante todo el procedimiento permiten dudar de la fiabilidad de dicho agradecimiento", señalan los magistrados.

Entre las circunstancias examinadas para analizar cómo se produjo ese agradecimiento, el Tribunal tiene en cuenta "el tiempo y condiciones" en que la perjudicada pudo ver a los autores, la "afectación psicológica" o el "estrés y ansiedad" que padecía en esos momentos.

Igualmente menciona los posibles errores o la interpretación incorrecta que pudieron mediar en relación a la información facilitada por una testimonio, una amiga de la agredida que identificó en un primer momento a los dos acusados como las personas que habían molestado a la víctima tras los hechos.

La Sala no descarta que esa testimonio pensara que ellos eran precisamente a quienes estaba buscando la Policía o fueran los que pudieran tener agredido sexualmente a su amiga, y que ello provocara que la propia víctima incurriera en un "falso agradecimiento original" de los acusados que "se hubiera ido arrastrando después". 







Igualmente -recuerdan los magistrados-, las muestras biológicas obtenidas tras la exploración de la víctima arrojaron un perfil hereditario que no se corresponde con el de ningún de los procesados

Igualmente -recuerdan los magistrados-, las muestras biológicas obtenidas tras la exploración de la víctima arrojaron un perfil hereditario que no se corresponde con el de ningún de los procesados, mientras que el estudio de sus teléfonos móviles, intervenidos durante la detención, siquiera arroja "indicios concluyentes".

"Por todo ello, no cerca de sino concluir que la prueba practicada no ha desvirtuado el principio constitucional que ampara a todo perceptible de la presunción de inocencia más allá de toda duda arreglado, que, en este caso, llevan a dictar una sentencia absolutoria", finaliza el Tribunal.

La sentencia, que ha sido notificada este viernes a las partes, no es firme y puede ser recurrida en apelación delante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Probidad de la Comunidad Valenciana.

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