La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha aceptado la petición de la defensa de un condenado por ataque sexual a una último de perduración y le deducción la pena en un año, por aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de señal integral de la emancipación sexual, la conocida como la ley del "sí es sí".
De esta modo, la pena pasa de los 13 abriles, 6 meses y 1 día (que fijó finalmente el Tribunal Supremo tras estimar parcialmente un arbitrio de casación del condenado en mayo de 2020, frente a los 14 abriles y 3 meses de gayola impuestos por la Audiencia en primera instancia) a 12 abriles, 6 meses y 1 día.
El Tribunal de la Audiencia ha tomado esta valor partiendo del derecho de todo penado a que se le aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse su condena, y a la perspicacia de que el Tribunal Supremo consideró, en la sentencia de casación, que no se apreciaban circunstancias que aconsejasen "un incremento de la pena sobre el leve procesal que ha de formarse acudiendo a la porción superior de la pena señalada para el delito".
Publicar un comentario