El Instituto Doméstico de Estadística (INE) reclasificó en el postrer trimestre de 2022 como empleados asalariados a 137.600 personas que previamente habían asegurado que eran trabajadores independientes.
El INE realizó esta reclasificación para realizar la última Investigación de Población Activa (EPA), según los datos a los que ha tenido golpe Servimedia, ya que estas 137.600 personas se autoidentificaban en primer ocasión como trabajadores independientes pero, después, aseguraban que, en sinceridad, su punto la llevaban a angla para un empleador.
Emblema último que el segundo trimetre
No obstante, el referencia del postrer trimestre es inferior a la sigla del trimestre susodicho, ya que entre julio y septiembre el INE reclasificó a 156.500 autónomos como asalariados. De esta guisa, se ha producido una ladera intertrimestral del 12,07%.
Si se contrastan los datos del postrer trimestre de 2022 con el mismo período de 2021, cuando el INE reubicó a 161.100 trabajadores independientes como asalariados, la caída es todavía longevo, ya que alcanza el 14,58% en comparativa interanual.
En este sentido, junto a rememorar que la Inspección de Trabajo identificó a 40.000 falsos autónomos durante el año 2022, una sigla que crece hasta las 80.000 en los últimos tres ejercicios. Al respecto, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Crematística Social, Yolanda Díaz, avisó esta misma semana de que “no va a continuar nadie fuera de la ley en nuestro país”.
“Tenemos un envite completo cerca de el principal problema del mercado de trabajo, que es la precariedad. Hemos desarrollado una táctica que tiene que ver con destruir con la precariedad”, apuntó Díaz. Adicionalmente, denunció que la figura del impostor autónomo elude el suscripción de cotizaciones a la Seguridad Social, al tiempo que se vulneran los derechos de los trabajadores.
El caso 'Glovo'
En este contexto, la Inspección de Trabajo acaba de imponer otra paquete millonaria a Glovo por valía de 57 millones de euros, acusándole de apelar a la figura del impostor autónomo, así como de contar con personas extranjeras sin permiso de trabajo.
Precisamente, el artículo 311 bis del Código Penal contempla prisión de tres a 18 meses o multa de 12 a 30 meses para quien “de forma reiterada, emplee o dé ocupación a ciudadanos extranjeros que carezcan de permiso de trabajo” o “emplee o dé ocupación a un último de vida que carezca de permiso de trabajo.”
Un judicatura decreta que los 'riders' de Deliveroo son trabajadores de la empresa y operaban como 'falsos autónomos' Imgen de un rider de Deliveroo (Foto de ARCHIVO) 21/06/2019
Asimismo, Díaz recordó esta semana que se ha reformado el artículo 311 del Código Penal, que “tiene que ver con los reiterados incumplimientos con los trámites administrativos”. Este artículo recoge penas de prisión de seis meses a seis primaveras y multa de seis a 12 meses por imponer condiciones ilegales contratando "bajo fórmulas ajenas al entendimiento de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o paquete administrativa".
Finalmente, la titular de la cartera de Trabajo aseveró que, al igual que se exige a los ciudadanos cumplir con la ley, “a las empresas que vulneran reiteradamente, no solamente las normas laborales, sino que se revelan frente a los trabajos de la función pública, en este caso la Inspección, actuaremos con el peso de la ley”.
Publicar un comentario