Herencias envenenadas: cuando heredar sale caro

Sufrir la pérdida de un ser querido es uno de los momentos más difíciles de la vida, a lo que se suma por otra parte que, tras este duro trance, aún queda un aspecto a menudo peliagudo de manejar: la herencia, especialmente cuando hay desavenencias entre los herederos o el difunto ha dejado deudas. En este final caso, la precipitación a la hora de aceptar el testamento puede poner en aventura el propio patrimonio.

Cuando se recibe una herencia “envenenada”, en la que la cuantía de las obligaciones del difunto es superior a la de sus intereses, el heredero tiene que tener claro que su saludo implicará tener que hacer frente a las deudas de la persona fallecida. Por lo tanto, se heredan tanto los intereses como los gastos. Una circunstancia que los expertos advierten que puede poner en aventura el propio patrimonio, incluso consumir en incautación.

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Para evitarlo, cada vez más ciudadanos repudian herencias. El año pasado, por ejemplo, 40.349 personas en España con derecho a acoger una renunciaron a ella, según datos contabilizados hasta septiembre por el Consejo Universal del Notariado. La emblema representa casi el 16% de las personas que sí aceptaron heredar, 259.729.

“Circunstancias económicas como el aumento del coste de la vida y las crisis de la pandemia y la del 2008 hacen que la clan se endeude más y, al extinguirse, el remanente que queda muchas veces es una deuda”, explica Toni Galve, director forense de Repara tu deuda. Otro supuesto es cuando quien acumula impagos de facturas abultadas es el heredero y, para evitar que los intereses del difunto acaben embargados, decide renunciar a la herencia en beneficio de sus hijos.







La esencia


La saludo de la herencia a beneficio de inventario

Sea como sea, resulta imprescindible ayer de aceptar un testamento analizar la situación de los intereses a heredar. De lo contrario, se corre el aventura de consumir perdiendo plata. “Una señora tuvo que enriquecer las deudas del adverso de su hija. Este hombre mató a su mujer, que había hecho testamento a servicio de su matriz, que heredó y tuvo que enriquecer la hipoteca del tierra que había heredado de su hija y la hipoteca del adverso, que estaba en la mazmorra”, explicó el abogado experimentado en sucesiones Alejandro Ebrat en esta entrevista (podcast) a modo de ejemplo de cómo precipitarse a la hora de aceptar un testamento puede provocar situaciones injustas.

Por este motivo, se recomienda siempre aceptar la herencia “a beneficio de inventario”, una figura permitido que evitará tener que contestar con el patrimonio personal a las deudas contraídas por el testador. De este modo, del inventario de los intereses heredados se descontarán los gastos que dejó el difunto pendientes de suscripción, como por ejemplo impuestos, cuotas de tarjetas de crédito e hipotecas. “Se nos dio un caso que una señora heredaba dos bloques de pisos hipotecados y ocupados”, contó Ebrat. Pese a que había más patrimonio que deuda, era muy difícil traicionar en estas condiciones y la heredera “no podía enriquecer”. Al final, a posteriori de malvender y asolar las deudas pendientes, de 40 pisos que heredó le quedaron uno o dos.

En otras ocasiones, los intereses tienen un valía superior a las deudas, pero los gastos que conllevan los trámites de la herencia –de oficina, gestoría, cambio de titularidad y el impuesto de sucesiones- pueden comerse los beneficios a obtener.







Antiguamente de aceptar el testamento


Cómo asimilar si el difunto tenía deudas

Por todo ello, es fundamental investigar qué intereses y derechos poseía el difunto. “Por ejemplo, se recaba información en las entidades bancarias sobre si tenía planes de pensiones y cuentas, así como en los registros de la propiedad para asimilar si hay inmuebles a su nombre y si estos tienen cargas”, explica Galve. Unos trámites que pueden abandonarse al protonotario y a través de los cuales puede conocerse si la persona fallecida tenía deudas, “sobre todo si vienen ligadas a embargos”. “Asimismo aparecerá el estado de deuda o si era beneficiaria de algún derecho en la Seguridad Social”, aclara. Asimismo, es importante que al rajar testamento en el protonotario, por otra parte de analizarse los intereses, derechos y cargas –si existen- asimismo se compruebe si la persona fallecida aparece en algún fichero de morosos. 




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