La Fiscalía Anticorrupción apoya que se admita a trámite la recusación planteada por la inculpación popular en el sumario al expresidente valenciano Francisco Camps en una de las piezas del caso Gürtel para apartar al magistrado de la Audiencia Doméstico Joaquín Delgado, ex detención cargo en los gobiernos de Mariano Rajoy y José María Aznar.
Según un escrito al que ha tenido camino La Vanguardia, las fiscales han informado a distinción de la recusación planteada por la inculpación popular por su pasado como director universal de Relaciones con la Distribución de Conciencia en la época de Rafael Catalá como ministro, y cesado tras la moción de censura contra Rajoy en junio de 2018 que aupó a Pedro Sánchez a la presidencia. Encima, ocupó el cargo de asesor del ministro de Conciencia José María Michavila en los primaveras 2002 y 2003, durante el Gobierno de Aznar.
El escrito recoge la “afinidad” del magistrado con el Partido Popular conveniente a que ha sido notorio para altos cargos del gobierno de esta formación a propuesta de ministros del citado partido. Subraya que en esta cuchitril se enjuician a "numerosos altos cargos de la Distribución de la Generalitat Valenciana y del Partido Popular en los primaveras 2004 a 2009”.
Entre ellos estaría Francisco Camps, presidente de la Generalitat valenciana en el período 2003-2011, quien adicionalmente ostentó diversos cargos en el PP franquista y especialmente en el valenciano, en el que fue escogido presidente en 2004 hasta que dimitió en 2011.
"Decisiva intervención del PP"
Para Anticorrupción, podría ser objeto de recusación la “decisiva intervención del PP en su designación para altos cargos del Gobierno”, lo que “resultaría indicador de una eventual pérdida de apariencia objetiva de imparcialidad de Delgado”. Por eso considera que la recusación debe admitirse a trámite y que la Sala de lo Penal de la Audiencia Doméstico estudie si debe ser sustituido por otro mediador en el sumario que está previsto puesta en marcha en enero y por lo que Camps se enfrenta a dos primaveras y medio de mazmorra por la adjudicación a la empresa de Gürtel Orange Market del vitrina valenciano en la feria Fitur de 2009.
El tarea notorio recuerda que, según la ley, una de las causas de recusación es “amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes” y “tener interés directo o indirecto en el pleito o causa”.
El fiscal recuerda que los motivos alegados para apartar a Delgado de la Sala que enjuiciará a Camps por un caso de corrupción vinculado con el PP son los mismos que ya utilizó la Audiencia Doméstico para apartar en Gürtel a la magistrada Concepción Espejel -ahora magistrada del Tribunal Constitucional- porque su elección como vocal del Consejo Común del Poder Jurídico (CGPJ) fue propuesto por el PP y de otro magistrado, Pablo González.
“De lo expuesto anteriormente resulta que el alegado interés indirecto en cuanto pérdida de apariencia objetiva de imparcialidad derivada de la billete decisiva del PP en el elección de Delgado para altos cargos del gobierno es coincidente con el admitido por la Audiencia Doméstico respecto de Espejel y González por lo que no existe fundamento alguno para modificar el criterio mantenido por esa Sala”, señala el escrito.
Encima, la Fiscalía reclama la pobreza de “extremar la salvaguarda de la apariencia en su perspectiva externa”, sobre todo cuando un mediador vuelve a la carrera posteriormente de su paso por la política. Recuerda que Europa ya establece que los jueces que reingresen en la carrera “deberán sustraerse y en su caso podrán ser recusados, de intervenir n cualesquiera asuntos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas, o aquellos de sus integrantes que ostenten o hayan ostentado cargo notorio”.
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