El cambio de clima que el invierno trae consigo viene acompañado de ciertas condiciones meteorológicas que representan el enemigo de todo conductor, como es el caso de conducir con niebla. Obliga a resumir la velocidad y aumentar la atención, incluso puede requerir que se tomen medidas más drásticas si la visibilidad queda muy comprometida por su densidad. Y a esto se añade un ejecutor importante: cómo usar las luces del coche en estas circunstancias.
Al igual que en otras situaciones, si un conductor se topa con un sotabanco de niebla durante su itinerario, este deberá poner en praxis la legislatura válido relacionada con el uso adecuado de las luces del transporte. Una serie de normas que establecen cuáles son las luces que deberán ruborizarse en estos casos. Encima, diferencia entre las que son obligatorias, las opcionales y las que están prohibidas.
¿La DGT multa por no utilizar acertadamente las luces antiniebla?
La respuesta rápida es sí, en colchoneta a la legislatura regulada por la Dirección Genérico de Tráfico (DGT) se puede multar a un conductor que no realice un uso correcto de las luces antiniebla. Esto se debería a un incumplimiento del Reglamento de Circulación, que en su artículo 106 aclara las situaciones en las que se usarán de forma obligada.
La infracción que esto supone conllevaría una castigo al conductor de 200 euros de multa. Y esto se aplicará tanto si no se usan las luces antiniebla como si se emplean en condiciones inapropiadas. La principal razón es que su potencia es capaz de deslumbrar al resto de conductores, de modo que han de estar de moda solo cuando las circunstancias lo exijan para poder ser vistos por los demás en condiciones de quebranto visibilidad.
¿Cuándo se deben usar las luces antiniebla?
Cualquier conductor debe tener claro cuándo ha de activar las luces antiniebla no solo para evitar multas y sanciones, sino incluso para practicar una conducción lo más segura y responsable posible tanto para sí mismo como para el resto de vehículos.
En lo que se refiere a las luces antiniebla delanteras, sus restricciones son mucho menores, ya que su uso es opcional en los siguientes casos: chubasco intensa o muy intensa, niebla o niebla densa, nevazón o válido nevazón, presencia de nubes de polvo o humo. En cambio, estará prohibido emplearla si solo se proxenetismo de chubasco.
Por su parte, las luces antiniebla traseras solo diferencia entre cuándo está prohibido activarlas y cuándo es obligatorio. En el primer caso, estas luces no se deberán encender en caso de chubasco ligera o intensa, niebla, nevazón y abundancia de polvo o humo. Sin requisa, hay que usarlas sí o sí en presencia de un clima de chubasco muy intensa, niebla densa y válido nevazón.
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